Contraer matrimonio civil
Si eres mayor de edad y deseas casarte por matrimonio civil con tu pareja, debes solicitarlo a la municipalidad de tu localidad. Ten en cuenta que debes contar con 2 testigos.
El matrimonio civil es la unión voluntaria de 2 personas ante la ley con el fin de hacer vida común. Ambos cónyuges tienen iguales derechos, deberes, consideraciones, responsabilidades y autoridad en el hogar.
Requisitos
- Si eres soltero(a)
a) Copia de DNI ampliado y legible de ambos contrayentes (Al menos uno de los contribuyentes deberá tener domicilio de S.J.L. en su DNI)
b) Copia de DNI ampliado de dos testigos (No deben ser familiares de los novios ni coincidir apellidos)
c) Copia certificada de la partida de nacimiento de cada uno de los contrayentes (Partida emitida por Reniec no debe ser mayor a 3 meses. Si la partida es emitida en el Distrito o Provincia de nacimiento, se deberá certificar en Reniec y no debe ser mayor a 6 meses)
d) Constancia negativa de Inscripción de matrimonio expedida por RENIEC (si nación en Lima y Callao) o Constancia de soltería (Se debe solicitar a la entidad que emita la partida de nacimiento, es decir la Municipalidad del distrito o Provincia en que ha nacido, según corresponda).
e) Certificado médico prenupcial y Constancia de Consejería de los contrayentes (La autorización para realizarse el examen médico se dará después de revisar los requisitos de a) a d))
f) Para contrayentes mayores a 70 años, deberá adjuntar Certificado Médico de Salud Mental.
g) Formato de solicitud dirigida al alcalde (se entrega en Agencia Canto Grande-Registro Civil)
h) Realización del pago de la tasa correspondiente. (La autorización para realizar el pago se dará luego de la verificación de los requisitos de a) a g))
- Si eres viudo(a):
a) Copia de DNI con anotación “V” de viudo (a).
b) Partida de defunción de cónyuge fallecido.
c) Copia certificada de acta de matrimonio (no mayor a 3 meses).
d) Declaración jurada de no administrar bienes de hijos menores, ni mayores por incapacidad (O inventario judicial en caso sí administre)
e) En caso de mujer viuda: Debe haber transcurrido por lo menos 300 días desde la fecha de fallecimiento del anterior esposo; si no, presentar certificado médico negativo de embarazo expedido por el Ministerio de Salud, hospital o posta médica estatal.
- Si eres divorciado(a):
a) Copia de DNI con anotación “D” de divorciado (a).
b) Copia certificada de acta de matrimonio con la inscripción de divorcio, sentencia de divorcio o anulación del matrimonio anterior (no mayor a 3 meses).
c) Declaración jurada de no administrar bienes de hijos menores, ni mayores por incapacidad (O inventario judicial en caso sí administre).
d) En caso de mujer divorciada: Debe haber transcurrido por lo menos 300 días desde la fecha del divorcio; si no, presentar certificado médico negativo de embarazo expedido por el Ministerio de Salud, hospital o posta médica estatal.
- Si eres extranjero(a):
a) Partida de nacimiento y/o documento que acredite la naturalización (Apostillado o visado por el Cónsul peruano en el país de origen y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores) con traducción oficial en Perú de ser el caso, con antigüedad no mayor a 6 meses.
b) Certificado de soltería o su equivalente (Apostillado en el país de origen o visado por el Cónsul peruano y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores) con antigüedad no mayor a 6 meses.
c) Copia legalizada ante notario peruano del pasaporte o carnet de extranjería.
d) Demás requisitos según corresponda naturalización (Apostillado o visado por el Cónsul peruano en el país de origen y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores) con traducción oficial en Perú de ser el caso, con antigüedad no mayor a 6 meses.
- Si es por matrimonio de poder:
a) Copia simple del poder por Escritura Publica inscrito en los Registros Públicos. Si el poder fue otorgado en el extranjero debe estar el Cónsul peruano del país donde le dio el poderdante debiendo legalizarlo en Relaciones Exteriores y con traducción oficial de ser el caso. (el matrimonio deberá realizarse dentro de los 6 meses de otorgado el poder).
b) Copia del DNI del apoderado.
Si tienes alguna consulta adicional, puedes llamar a los siguientes teléfonos:
Modalidad: Presencial
Hazlo en 6 pasos:
1. Presenta tus documentos
Acércate al Área de Registro Civil, ubicada en Jirón San Martín 675, Urbanización San Rafael, Canto Grande, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 3:00 p. m., y entrega los requisitos, que serán validados por un funcionario. Si existe alguna observación, el personal a cargo te dará las indicaciones para subsanarlas.
Una vez que recibas el visto bueno, abrirán tu expediente matrimonial, recibirás tu edicto matrimonial y una orden de pago por derecho de trámite.
2. Paga el trámite y genera el expediente municipal
Dirígete a la caja, ubicada en el mismo edificio, y cancela según la siguiente escala de precios:
- En el local Municipal: S/ 276.80 .
- Fuera del local Municipal (dentro del distrito): S/ 361.60 .
- Fuera del local Municipal (fuera del distrito): S/ 480.80 .
Tener en cuenta que las celebraciones de matrimonio fuera del local municipal, se realizan los días lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm y sábados de 2:00 pm a 8:00 pm, de acuerdo a la disponibilidad del municipio.
Una vez realizado el pago correspondiente, se ingresa por mesa de partes para generar expediente matrimonial, y se procede a emitir edicto matrimonial.
3. Publica tu edicto matrimonial
Lleva el edicto matrimonial al periódico de tu preferencia. Si uno de los pretendientes tiene su domicilio en otro distrito, deberán publicar 2 edictos: uno en el periódico y el otro en la municipalidad de su jurisdicción.
Transcurridos 8 días calendario de la publicación de los avisos y si no hay oposición o noticia de ningún impedimento, se declarará la capacidad de los pretendientes.
4. Agenda tu matrimonio
Una vez trascurrido sus 8 días hábiles de publicación de edicto matrimonial, se programa o confirma la fecha de matrimonio, según disponibilidad en la agenda.
5. Asiste a la ceremonia
Acude al lugar el día y hora acordados, donde el funcionario y/o celebrante dirigirá el matrimonio.
6. Recoge tu acta de matrimonio
En un plazo máximo de 30 días hábiles después de la ceremonia, puedes solicitar el acta de matrimonio en el Área de Registro Civil, dentro del horario de atención, o en cualquier oficina del Reniec.