Solicitar deducción del impuesto predial
Si eres pensionista o adulto mayor de 60 años, puedes solicitar la deducción de la base imponible del impuesto predial, cuyo descuento puede llegar a tener el valor de S/ 267,500.00 , a la municipalidad de tu distrito o provincia.
Este beneficio entra en vigencia 1 año después que presentaste la solicitud y debes renovarlo de forma anual.
Condiciones:
- Debes tener más de 60 años o haber cumplido esta edad al 1 de enero del año al cual corresponde la deducción.
- Tu predio debe estar destinado a vivienda. Ten en cuenta que el uso parcial del predio con fines productivos, comerciales o profesionales, con aprobación de la municipalidad respectiva, no afecta la deducción.
- Tus ingresos brutos no deben exceder a 1 UIT mensual S/ 5,350.00 .
Requisitos
- Solicitud simple dirigida a la municipalidad.
- Formato Hoja Resumen (HR) firmado.
- Formato Predio Urbano (PU) o Predio Rústico (PR) firmado, según corresponda.
- Copia del documento que te acredite como propietario del inmueble, certificado por un notario o fedatario de la municipalidad. Por ejemplo: minuta, escritura pública o copia literal de dominio.
- Certificado negativo de propiedad de inmueble a tu nombre y del cónyuge, emitido por la Sunarp.
- Partida de matrimonio.
- Documento público o privado con firma legalizada ante un notario o fedatario de la municipalidad en la que brindas un poder específico a un representante (en caso lo necesites).
- Si eres pensionista, agrega:
- Copia de la constancia que confirma tu calidad de pensionista, certificado por un notario o fedatario de la municipalidad.
- Copia de la última boleta o constancia de pago de pensión, certificado por un notario o fedatario de la municipalidad.
- Si eres adulto mayor no pensionista, agrega:
- Declaración jurada, de acuerdo al Decreto Supremo 401-2016-EF.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 2 pasos:
1. Dirígete a la municipalidad
Acércate a mesa de partes de la municipalidad, ubicada en el primer piso de la calle Miguel Grau 112, Querecotillo, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 1:00 p. m. o de 2:00 p. m. a 4:00 p. m. Entrega los documentos al funcionario.
2. Recoge tu resolución
Después de 15 días hábiles, vuelve a la Gerencia de Administración Tributaria para recoger tu resolución. Este documento te indicará la confirmación o negación del beneficio tributario.