CONSEJO MUNICIPAL

Es el órgano normativo y fiscalizador de la organización municipal, facultades conferidas a este órgano municipal por el articulo 194º de la Constitución Política del Perú, el articulo 9º de la Ley N 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.

ALCALDÍA

Es el órgano de gobierno ejecutivo local que, en su calidad de máxima autoridad administrativa, ejerce fundamentalmente facultades ejecutivas, delineadas en el articulo 20º de la Ley N.º 27972 y dentro de las demás normas que fueran aplicadas.

GERENCIA MUNICIPAL

Es el órgano de dirección ejecutiva de la gestión municipal, depende directamente del alcalde y es responsable de la dirección administrativa general, en concordancia con las normas impartidas por el alcalde y el concejo municipal.

SUB GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y RURAL

Es el órgano de línea encargado de normar, ejecutar, administrar, promover y controlar las actividades que correspondan al acondicionamiento territorial y vivienda, depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Gerencia Municipal.

SUB GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO, TURISMO Y MEDIO AMBIENTE

Es el órgano de línea encargado y responsable de planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar los programas, acciones y proyectos en materia de promoción del desarrollo empresarial, fomento de la pequeña y mediana empresa, promoción artesanal y turística y el medio ambiente, tomando en consideración la visión, objetivos y estrategia organizativa de la Municipalidad.

SUB GERENCIA DE DESARROLLO HUAMANO

Es el órgano de línea responsable de conducir la participación ciudadana, promoción educativa, cultural y deportiva de la DEMUNA, OMAPED, Programa del Vaso de Leche, Unidad Local de focalización y seguridad ciudadana.