Resolución de Consejo Municipal
- Declaran Infundado el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Juana Alarco de Dammert, contra la Res. Alc. N° 2751-99-RAM del 02JUL99.
- Declaran Infundado elrecurso de apelación interpuesto por doña Rosa María Blaz Quesada Vda. de Mejía, contra la Res. Alc. N° 3430 del 11AGO01.
- Declaran Infundado elrecurso de apelación interpuesto por don Bernardino Condori Mamani, contra la Res. Alc. N° 1174 del 16DIC02.
- Declaran Infundado el recurso de apelación interpuesto por don Dionicio Teves PÚrez, contra la Res. Alc. N° 0082 del 07FEB03.
- Declaran Infundado el recurso de apelación interpuesto por don Marcelino Condori Bautista, contra la Res. Alc. N° 1173 del 16DIC02.
- Declaran Infundado el recurso de apelación interpuesto por don Daniel Pascual Barrios Silva, contra la Res. Alc. N° 1172 del 16DIC02.
- Declarar Fundado en Parte el recurso de apelación interpuesto por doña Jacqueline Milagritos Zelaya Aranda, contra la denegatoria ficta de su solicitud.
- Declaran Infundado el recurso de apelación interpuesto por don Leopoldo Condori Coillo, contra la Res. Alc. N° 1171 del 16DIC02.
- Declaran Infundado el recurso de apelación interpuesto por don Augusto Sari Lártiga, contra la Res. Alc. N° 1170 del 16DIC02.
- Declaran Infundado el recurso de apelación interpuesto por don Teófilo Bautista Calderón, contra la Res. Alc. N° 1168 del 16DIC02.
- Declaran Improcedente por extemporáneo el recurso de apelación inrterpuesto por A.S.B. Contra la Resolución de Alcaldía N° 4245 del 15SET01.
- Declaran Fundado el recurso de apelación interpuesto por Larco Mar S.A., contra la Res. Alc. N° 0090 del 14FEB03.
- Declaran que carece de objeto pronunciarnos sobre el recurso de apelación interpuesto por la empresa Inmobiliaria Casablanca S.A., contra la Res. Alc. N° 4646 del 15OCT01.
- Declaran la Inhibitoria denuestra comuna para pronunciarse respecto del recurso de apelación interpuesto por don Mario Meneses Meneses, contra la Res. Alc. N° 0364 del 06FEB01.
- Inhibirnos de resolver el recurso de apelación interpuesto por don Jorge Alberto Fernández De Loayza, contra la Res. Alc. N° 0431-2000-RAM del 23FEB00.
- Declaran Infundado el recurso de apelación interpuesto por don Juan Bendita Calla, contra la Res. Alc. N° 1147 del 16DIC02.
- Declaran Infundado el recurso de apelación interpuesto por don Miguel Toledo Mamani, contra la Res. Alc. N° 1146 del 16DIC02.
- Declaran Infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Simón S.A., contra la Res. Alc. N° 0757 del 14JUN02.
- Declaran Infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Constructora Esparq Inversiones S.A., contra la Res. Alc. N° 4641 del 15OCT01.
- Declaran Infundado el recurso de apelación interpuesto por doña Adela Flores Sánchez, contra la Res. Alc. N° 4261-98-RAM del 25JUL98.
- Declara no ha lugar a la nulidad pedida por Golden Gaming S.A., respecto a la Res. Alc. N° 4403 del 15SET01.
- Corrige el artículo segundodelaparte resolutiva de ka Resolución de Concejo N° 040, de fecha 25 de febrero del 2003, sustituyendo el número "2691-90-RAM", por "2961-90-RAM".
- Declaran Infundado el recurso de apelación interpuesto por doña Agustina Ayde Carhuanina Zegarra, contra la Res. Alc. N° 0747 del 14JUN02.
- Declaran Nula de Oficio la Res. Alc. N° 3113 del 11AGO01.
- Declaran la Inhibitoria de nuestra comuna para pronunciarse respecto al recurso de apelación interpuesto por la empresa Actualidades Publicitarias S.A.C., contra la Res. Alc. N° 0187 del 19ENE02.