Cuadro de Asignación a Personal

COMPENDIO
Compedio de informes del Cuadro de Asignación de Personal.

EL Cuadro de Asignación de Personal se modifica como producto de la creación o modificación de la estructura orgánica, que incluye las unidades orgánicas nuevas en el que se designará a los funcionarios que las ocuparán. O cuando haya la necesidad de modificar la condición de la plaza de previsto ha ocupado. Ello conllevará la modificación también del PAP. La oportunidad de su modificación es establecida por la propia entidad de acuerdo a sus necesidades reales.

Son criterios para la elaboración del CAP los siguientes:

  1. Se formula a partir de la estructura orgánica debidamente aprobada en el ROF de la entidad.
  2. Se debe observar las disposiciones sobre clasificación de cargos que se encuentren vigentes.
  3. Se permite incluir cargos previstos (no cubiertos) con un límite del 10% del total de cargos cubiertos contenidos en el CAP.
  4. Los cargos correspondientes a los órganos de asesoramiento y de apoyo no deben exceder del 20% del total de cargos contenidos en el CAP.
  5. Deberá de consignar los cargos de confianza de conformidad con las disposiciones legales vigentes (Ley 28175) .
  6. La clasificación y número de los cargos asignados al OCI son determinados por el titular de la entidad con opinión de la Contraloría General de la República.
  7. Deben incluir todos los cargos de las sedes u órgano desconcentrados de la entidad.

Informes y publicaciones

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18 de julio de 2022
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