Organización
CONSEJO MUNICIPAL
El ente administrativo de la municipalidad es el Consejo Municipal, que está compuesto por los regidores y el alcalde. Entre sus funciones más relevantes se encuentran la regulación, la fiscalización y la aprobación de planes, presupuestos y ordenanzas. De acuerdo con la Ley N.º 27972, artículos 9 y 10, el Concejo Municipal tiene autoridad exclusiva para organizar la municipalidad y supervisar la administración local. Las comisiones de regidores colaboran en campos concretos, como el medio ambiente, la educación o las obras. Este órgano es elegido por la población mediante votación, lo que asegura que exista una representación democrática. Además, garantiza que las políticas estén alineadas con los intereses de la comunidad en su conjunto.
ALCALDÍA
La máxima autoridad política y administrativa es la Alcaldía, que está encabezada por el Alcalde elegido por medio de un proceso democrático. Ejecuta los acuerdos del Concejo, asegura que se brinden los servicios públicos y actúa como representante legal de la municipalidad. Según el artículo 20 de la Ley N.º 27972, las funciones del alcalde incluyen tareas ejecutivas, normativas y de representación. Además, dirige actividades relacionadas con la defensa civil, la seguridad ciudadana y el progreso social. Su misión consiste en fomentar el desarrollo del distrito y satisfacer las necesidades más urgentes de los habitantes. Asimismo, organiza políticas de desarrollo sostenible e inclusión para el beneficio de todos los residentes.
GERENCIA MUNICIPAL
El ente de administración más importante y que brinda apoyo directo al Alcalde es la Gerencia Municipal. Su función es la coordinación y supervisión de las unidades y subgerencias, garantizando que se cumplan los objetivos de la institución. De acuerdo con el artículo 22 de la Ley N.º 27972, el Alcalde nombra al Gerente Municipal, quien funciona como su brazo técnico-operativo. Entre sus funciones se encuentran supervisar proyectos de inversión pública y llevar a cabo los planes de desarrollo. Además, fomenta la coordinación con entidades públicas y privadas. En términos generales, garantiza que las decisiones políticas generen resultados que sean efectivos para la ciudadanía.
SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Se ocupa de la administración total de recursos humanos, materiales y financieros. Coordina las áreas de contabilidad, tesorería, rentas, logística y control patrimonial. Su labor es garantizar la utilización clara y eficaz de los recursos a nivel municipal. Los artículos 20 y 21 de la Ley N.º 27972 apoyan la independencia financiera y administrativa de los municipios. Esta subgerencia, además, se encarga de la administración del patrimonio institucional y asegura que las obras y servicios cuenten con financiación. Sin su funcionamiento, la municipalidad no sería capaz de implementar proyectos ni de ofrecer servicios esenciales. Su función es esencial para mantener la gestión pública a nivel local.
lo conforman:
- Unidad de Tesorería, Rentas y Recursos Humanos.
- Unidad de Logística y Control Patrimonial.
- Unidad de contabilidad.
SUB GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRAS PÚBLICAS
Su cometido es llevar a cabo proyectos de edificación y mantenimiento de vías, edificios públicos y saneamiento. Se encarga de la gestión del Área Técnica de Saneamiento y de la unidad que controla vehiculos y maquinarias. La Ley N.º 27972, en su artículo 73, concede a los municipios la autoridad exclusiva sobre la infraestructura local. Esta subgerencia garantiza que la inversión pública se convierta en proyectos concretos para la comunidad. Colabora con el desarrollo de la ciudad y del campo en el distrito de manera sustentable. Asimismo, asegura servicios básicos fundamentales para mejorar la calidad de vida de los vecinos.
lo conforma:
- Unidad de control de vehículos y Maquinarias.
SUB GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL
Su propósito es cuidar a la gente vulnerable mediante políticas de inclusión y programas sociales. En la misma medida supervisa oficinas locales como DEMUNA, OMAPED, SISFOH y Seguridad Ciudadana, como también programas nacionales como Pensión 65, Vaso de Leche, JUNTOS y Cuna Más. Los artículos 80 y 82 de la Ley N.º 27972 definen las responsabilidades de los municipios en relación a los servicios sociales. Además, organiza políticas de salud, educación y protección a la infancia. Sirve de nexo entre las familias en riesgo y el municipio. Así, ayuda a disminuir las disparidades sociales en Ccochaccasa.
lo conforman:
- Unidad de Servicios Públicos y comunales.
- Of. Demuna y Omaped.
- Of. Sisfoh.
- Unidad de Programas Sociales (Pg. Juntos, Pensión 65, comedor, Pncm. y Pvl.
- Unidad de Seguridad Ciudadana.
- Unidad de Registro Civil.
- Unidad técnica Municipalidad de Saneamiento.
SUB GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL
Fomenta el crecimiento económico a través de acciones que tienen que ver con la agricultura, el turismo y el medioambiente. Su unidad especializada coordina proyectos productivos, ferias y programas de capacitación. El artículo 82 de la Ley N.º 27972 otorga poder a los municipios para promover la economía local. Esta subgerencia tiene como objetivo crear empleo y aumentar los ingresos de los habitantes. Además, los recursos naturales son resguardados para lograr un desarrollo sostenible. Su labor refuerza la competencia a nivel distrital y conecta la producción de la zona con los mercados regionales y nacionales. Es fundamental para sacar partido de las potencialidades culturales y naturales del distrito.
lo conforma:
- Unidad de Promoción del Turismo Agropecuaria y Medio Ambiente.
SECRETARÍA GENERAL
Es la oficina de soporte encargada del proceso de documentación, actas y acuerdos municipales. Coordina la comunicación entre el Concejo, la Alcaldía y las otras áreas administrativas. Según el artículo 21 de la Ley N.º 27972, las municipalidades tienen la obligación de organizar sus oficinas administrativas. Su trabajo asegura que los procedimientos sean transparentes. Asimismo, garantiza el orden en la gestión y protege los documentos oficiales. Es un apoyo esencial para la legalidad institucional. Sin su trabajo, no existiría un documento formal que recoja las decisiones del gobierno local.
UNIDAD DE ASESORÍA LEGAL
Ofrece apoyo legal a todos los sectores de la municipalidad, haciendo informes, revisando contratos y respondiendo preguntas. Además, representa a la entidad en procesos judiciales desde el punto de vista legal. El artículo 21 de la Ley N.º 27972 permite que los municipios tengan órganos de asesoría. Su función es asegurar que la gestión se adecue al marco legal actual. Asimismo, evita conflictos a través de una pertinente asesoría legal. Refuerza la seguridad jurídica de las determinaciones a nivel municipal. Para que la gestión local sea legítima y sostenible, es fundamental
UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO Y OPI.
La Oficina de Programación de Inversiones (OPI), en conjunto con la Unidad de Planificación y Presupuesto, tiene la responsabilidad de guiar la gestión institucional. Elabora los planes estratégicos y operativos de la municipalidad, gestiona la confección del presupuesto y supervisa su adecuada implementación. Asimismo, examina proyectos de inversión pública a través de la OPI, en conformidad con el sistema Invierte.pe, que fue establecido por el Decreto Legislativo N.º 1252 y reglamentado por el D.S. N.º 284-2018-EF. Su trabajo garantiza que los recursos se distribuyan de manera eficaz, dándole prioridad a las necesidades más urgentes del distrito. Además, asegura la realización y financiación de los proyectos en el Banco de Inversiones. Los artículos 9, 20 y 21 de la Ley Orgánica de Municipalidades N.° 27972 apoyan su función al definir la planificación y la inversión como responsabilidades municipales. En su conjunto, representa el eje técnico que conecta los planes, el presupuesto y las inversiones para el desarrollo sostenible de Ccochaccasa.