Atención empleadores: Accidentes de trabajo mortales e incidentes peligrosos deben ser notificados al MTPE en un plazo no mayor de 24 horas

Nota de prensa
A través del aplicativo SAT, también se pueden notificar accidentes de trabajo no mortales y casos de enfermedades ocupacionales a cargo de los centros médicos asistenciales.
Nota de prensa: Atención empleadores: Accidentes de trabajo mortales e incidentes peligrosos deben ser notificados al MTPE en un plazo no mayor de 24 horas

Oficina de Comunicación e Imagen Institucional

23 de noviembre de 2021 - 9:26 a. m.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo les recuerda a los empleadores que tienen a su disposición el sistema SAT, aplicativo mediante el cual deben de notificar la ocurrencia de un accidente de trabajo con consecuencias mortales y los incidentes peligrosos dentro de un plazo no mayor de 24 horas de haberse producido. https://www.gob.pe/774-notificar-accidentes-en-el-trabajo-y-enfermedades-ocupacionales

En tanto, cuando se trate de accidentes de trabajo no mortales, serán los centros médicos asistenciales los encargados de hacer la respectiva notificación en un plazo que no exceda el último día hábil del mes siguiente de la ocurrencia del evento; y en el caso de tratarse de una enfermedad ocupacional, la notificación debe de hacerse dentro de los primeros cinco días hábiles tras conocerse el diagnóstico.

Para aquellas zonas que no cuenten con acceso a internet, la notificación deberá realizarse de manera física a través del llenado de formularios, los cuales se entregarán a la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales y de la Seguridad y Salud en el Trabajo de las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, o la entidad que haga sus veces. La autoridad administrativa que reciba los formularios físicos se encargará de registrar en el SAT la información contenida en ellos dentro de los cinco (05) días posteriores a su presentación

Los teléfonos de Sunafil (390-2780) y del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (630-6000 y 630-6030) están a disposición de los trabajadores para denunciar cualquier incumplimiento de sus empleadores respecto a esta obligación legal.