Cursos de Ensap ya no constituyen requisito para serumistas
Nota de prensaProfesionales Serums que adjudicaron plaza a partir 2021-I y no cuenten con los certificados de formación dictados por la Ensap quedan exceptuados

10 de abril de 2024 - 3:58 p. m.
Mediante Resolución Ministerial n.º 225-2024/MINSA, publicada en el diario oficial El Peruano, el Ministerio de Salud (Minsa) estableció que los profesionales de la salud que adjudicaron plaza Serums a partir del proceso 2021-I y no cuenten con los certificados de aprobación de los cursos de formación dictados por la Escuela Nacional de Salud Pública (Ensap) quedan exceptuados de realizar dichos cursos, así como de presentar los certificados de los mismos, como requisito para la emisión de la resolución de término del Serums. La resolución modifica los artículos 37° y 41° del reglamento de la Ley n.º 23330.
El artículo 3° del Decreto Supremo n.º 005-97-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley n.° 23330, Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud (Serums), establece que por resolución ministerial se aprobarán las disposiciones complementarias y las modificaciones al reglamento en mención.
En ese contexto, mediante Resolución Ministerial n.º 612-2021/MINSA y Resolución Ministerial n.º 369-2023/MINSA, se realizaron modificaciones a los artículos 37° y 41° del reglamento de la Ley n.º 23330. Estas modificaciones establecieron que, durante el período de prestación del servicio, los profesionales de la salud que realicen el Serums remunerado deberían acreditar haber completado un mínimo de dos cursos de formación dictados por la Ensap.
Mientras que los profesionales de la salud que realizaron el Serums equivalente deberían acreditar al menos un curso, disponiéndose que los certificados de cursos de formación impartidos por la Ensap formarían parte integral del informe final.
Cabe mencionar que fue la Dirección General del Personal de la Salud del Minsa la que adoptó esa medida necesaria y justificada en ese momento. Si ahora no se consideran indispensables los cursos durante el Serums, ello obliga a que ese vacío sea previamente cubierto en la formación del pregrado.