Modifican Ley de Salud Mental para fortalecer la prevención y promoción de la salud mental de niñas, niños y adolescentes

Nota de prensa
La norma establece la contratación de psicólogos para las instituciones educativas, así como incorporar contenidos en la malla curricular de la educación básica regular
Modifican Ley de Salud Mental para fortalecer la prevención y promoción de la salud mental de niñas, niños y adolescentes, y otras poblaciones vulnerables
Modifican Ley de Salud Mental para fortalecer la prevención y promoción de la salud mental de niñas, niños y adolescentes, y otras poblaciones vulnerables
Modifican Ley de Salud Mental para fortalecer la prevención y promoción de la salud mental de niñas, niños y adolescentes, y otras poblaciones vulnerables

22 de noviembre de 2022 - 3:45 p. m.

El Gobierno peruano, a través de la Ley n.° 31627, modificó la Ley n.° 30947, Ley de Salud Mental para fortalecer la prevención y promoción de la salud mental de los niños, niñas y adolescentes y otras poblaciones vulnerables, afectados por las consecuencias ocasionadas por la pandemia de la COVID‑19.

En ese sentido, se realizan modificaciones en el artículo 16 que permite implementar actividades y acciones de promoción de la salud mental en las instituciones educativas. Para ello, se establece la contratación de psicólogos a tiempo completo, así como incorporar contenidos en la malla curricular de la educación básica regular, elaborar un plan de salud mental con enfoque comunitario en ámbitos regionales o locales, adaptado con participación de la comunidad docente y los padres de familia con enfoque intercultural, entre otros.

Como es conocido, la pandemia de la COVID-19 y las medidas sanitarias para su contención, generaron cambios abruptos y drásticos en los estilos de vida de la población, afectando especialmente a los más vulnerables como las niñas, niños y adolescentes quienes permanecieron en sus casas por un tiempo prolongado y recibiendo su educación a través de clases virtuales, lo que generó grandes cambios en sus rutinas, en las formas de interactuar e interrelacionarse, así como en sus expectativas y proyectos de vida.

DIFUSIÓN DE MENSAJES PREVENTIVOS SOBRE SUICIDIO

Del mismo modo, se incorpora el Capítulo X referido a la prevención del suicidio, estableciendo que todos los medios de comunicación públicos y privados que difundan información referente al suicidio deben incorporar el siguiente mensaje de prevención: “un suicidio puede evitarse si lo hablamos a tiempo. Si necesitas consejo, orientación o ayuda, llama gratis al 113, opción 5. Aquí estamos para ayudarte”.

PRIORIDAD NACIONAL LA SALUD MENTAL

Asimismo, el documento declara como prioridad nacional el establecimiento de la Política Pública en Salud Mental y faculta al Ministerio de Salud (Minsa), al Seguro Social de Salud (Essalud), a la sanidad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, y a las gerencias y direcciones de salud de los gobiernos regionales, a implementar, en forma prioritaria y urgente, programas de atención en salud mental ante situaciones de emergencia sanitaria y desastres, en especial para contrarrestar los efectos adversos en el bienestar emocional y psicológico de los niños, niñas y adolescentes originados por la pandemia de la covid‑19.

Finalmente se declara de necesidad pública e interés nacional la construcción e implementación de instituciones de salud mental, así como la creación de hogares protegidos para personas con problemas de salud mental en situación de abandono, así como el desarrollo de la atención primaria comunitaria de salud mental a nivel nacional.