Consultas médicas y atención a pacientes no deben ser interrumpidas por visitadores médicos

Nota de prensa
Tampoco podrán entregar muestras médicas gratuitas a usuarios de servicios de salud

1 de marzo de 2016 - 12:00 a. m.

Establecimientos de salud estableceran horarios y areas para que sus actividades no interfieran con actos medicos Las consultas medicas y la atencion que se brinda a los usuarios en los establecimientos de salud no debe ser interrumpida por el trabajo realizado por los promotores o visitadores medicos, debido a que su ingreso a los consultorios afecta su normal desarrollo y atenta contra el derecho a una atencion adecuada y la privacidad de los pacientes, informo la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid). “La nueva directiva que regula las actividades de los visitadores medicos -aprobada por resolucion ministerial- señala que los establecimientos de salud, publicos y privados, deben garantizar la tranquilidad y privacidad en la atencion del paciente, por lo que ninguna actividad de promocion y publicidad farmaceutica podra interferir con dicho acto”, explicaron especialistas del Equipo de Control Publicitario de la Digemid. Para tal fin, los establecimientos de salud deben disponer de lugares especificos para las actividades de los visitadores medicos a fin que no interfieran con el acto medico y la atencion a los pacientes o usuarios de los servicios de salud, previa autorizacion de ingreso, con un horario y tiempo de permanencia establecidos por los directores de los hospitales, clinicas, centros o puestos de salud. “La norma establece que tambien esta prohibida la instalacion de stands, modulos, oficinas u otras formas de posicionamiento de los ambientes y espacios fisicos por parte de los visitadores medicos asi como las actividades de promocion y publicidad dirigidas a los pacientes”, indicaron. Detallaron que la norma ratifica tambien que los visitadores medicos estan prohibidos de entregar directamente muestras medicas a los pacientes pues esta potestad corresponde solo a los medicos, odontologos y obstetras quienes, segun su criterio clinico, las utilizaran con el proposito de comprobar la adaptacion de la persona al medicamento y no para influenciar en su adquisicion. “Los objetivos de la norma son contribuir a que los profesionales de la salud reciban informacion tecnica, objetiva y veraz necesaria para la prescripcion y dispensacion apropiadas y evitar el riesgo de consumo inadecuado e irracional de los medicamentos”, enfatizaron. Transparencia y sanciones Dijo ademas que los visitadores medicos no deben condicionar ni incentivar a practicas poco eticas de prescripcion y dispensacion, ofreciendo cursos, viajes, premios, regalos u otros a los profesionales de la salud. “El incumplimiento de estas disposiciones por parte de los visitadores medicos sera sancionado con la suspension o restriccion del ingreso al establecimiento de salud”, concluyeron. Dato.- Se puede consultar la directiva que regula las actividades de los visitadores medicos en los establecimientos de salud en el portal web de la Digemid, ingresando al enlace http://www.digemid.minsa.gob.pe/UpLoad/UpLoaded/PDF/Normatividad/2015/RM_413-2015.pdf