Ministerio de Salud exhorta a municipalidades cumplir con reglamento de ley de canes

Nota de prensa

25 de noviembre de 2002 - 12:00 a. m.

Con la finalidad de ampliar la información acerca de los aspectos referidos al Reglamento de la Ley N.° 27596, que regula el Régimen Jurídico de Canes y en el marco de su preocupación constante por proteger la salud de la población previniendo la enfermedad, el Ministerio de Salud exhortó a las distintas municipalidades de Lima y Callao a cumplir con lo dispuesto por la citada norma legal, sobretodo con el proceso de empadronamiento canino cuya responsabilidad recae en cada gobierno local.

En ese sentido, esta mañana se realizó una reunión técnica entre especialistas de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) y los responsables de las oficinas de Comunicaciones de las diversas municipalidades de Lima y Callao, en la sede del MINSA. Durante el encuentro se subrayó que el reglamento prevé el derecho que todo can tiene a la protección de su vida, así como a su integridad física que incluye la salud y la alimentación que debe brindarle el propietario, tenedor o criador, a fin de que pueda desarrollarse en un ambiente apropiado en armonía y sociabilidad con la comunidad.

De esta manera el MINSA cumple con sus obligaciones como ente rector sobre este tema y son los municipios distritales o provinciales los encargados del procedimiento de identificación y registro individual, para lo cual se encargarán de entregar los dispositivos correspondientes. Sin embargo, es pertinente mencionar que a pesar de reiteradas convocatorias a esta reuniones se ha observado el poco interés de los municipios para asistir y obtener mayor información con miras a una correcta aplicación de la norma.

Cabe señalar que de acuerdo con el reglamento, sólo se permitirá la circulación y permanencia de los canes en áreas públicas cuando estén acompañados de la persona responsable de su cuidado, con sus dispositivos de identificación, collar o arnés y cadena o cordón resistente.

Como se sabe, el Ministerio de Salud aprobó el reglamento de la referida ley el 26 de junio de este año estableciendo, entre otros aspectos, las obligaciones de los propietarios, adiestradores, criadores y personas que se dedican al comercio y transporte de canes -especialmente de aquellos considerados potencialmente peligrosos- a fin de salvaguardar la integridad, tranquilidad y salud de las personas.

Asimismo, el pasado 14 de noviembre se publicó en el diario oficial El Peruano la relación de perros calificados como potencialmente peligrosos, entre los cuales figuran: el Pit Bull Terrier, Dogo argentino, Fila brasilero, Tosa japonés, Bull Mastiff, Doberman y Rotweiller, que deberán llevar un bozal, de acuerdo a las características fenotípicas de su cabeza, como medida de seguridad.

Lima, 25 de noviembre de 2002
Muy agradecidos por su difusión

OFICINA DE COMUNICACIONES