Historias clínicas de establecimientos de salud públicos y privados serán uniformes

Nota de prensa

2 de agosto de 2004 - 12:00 a. m.

Por primera vez en la historia de la salud pública, se logró la estandarización de las historias clínicas en los establecimientos de salud públicos y privados de todo el país, merced a la norma técnica, aprobada en la víspera por resolución ministerial del Ministerio de Salud.

Este documento legal, que se obtuvo después de más de 30 años, obliga a los profesionales de la salud de todo el sector Salud (Ministerio de Salud, EsSalud, Sanidad de las fuerzas Armadas y Policiales, clínicas privadas, entre otros), a uniformizar toda la información, respecto al tratamiento que realicen a sus pacientes.

La norma, también indica cómo debe incluirse la información en este nuevo documento, además de cual debe ser su tratamiento una vez que sea dado de baja o al archivarse; así como el orden que debe tener en el archivo, además de indicar a los responsables de su manejo adecuado.

Del mismo modo, facilitará las auditorías médicas, pues en caso de presentarse una presunta negligencia médica, este documento avalará la labor realizada por el profesional de la salud puesto que toda acción realizada queda definida en él. Con ello, también se protege la integridad del paciente.

Cabe indicar que su inclusión no genera gasto alguno al sector pues su costo es asumido por cada establecimiento de salud, como ocurría con el anterior documento.

Para la implementación y uso óptimo de la historia clínica única, serán distribuidas a nivel nacional unas guías de aplicación, destinadas al personal médico, para que conozcan cuales son las nuevas características de este documento.

Cabe indicar que la Resolución Ministerial, publicada en el diario oficial El Peruano, dispone que la Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección Ejecutiva de Servicios de Salud, se encargarán de la difusión y supervisión del cumplimiento de la mencionada norma.

Mientras que los responsables de su aplicación y monitoreo serán las Dirección de Salud, los organismos públicos y privados del sector salud a nivel nacional, institutos, órganos desconcentrados y descentralizados.

La referida norma también estará publicada en la página del Ministerio de Salud, www.minsa.gob.pe.