Minsa aprobó reglamento de ley de donación y trasplante de órganos y tejidos

Nota de prensa

27 de mayo de 2005 - 12:00 a. m.

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó el Reglamento de la Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos, norma que tiene como objetivo mejorar la cultura de donación de órganos y tejidos en nuestro país a fin de prolongar la vida de quienes lo necesiten.

Este dispositivo publicado hoy en el diario oficial, establece que la donación de órganos y tejidos de personas fallecidas o vivas debe ser un acto altruista, solidario, gratuito y voluntario, y que toda personas mayor de 18 años podrá autorizar, para después de su muerte, la ablación de sus propios órganos o tejidos para ser implantados en seres humanos dentro de un proceso de trasplante.

Asimismo, indica que si una persona fallece por muerte natural o accidental, el cónyuge será quien autorice el uso de sus órganos, pero ante su ausencia lo podrán hacen los hijos mayores de edad, los padres o hermanos del fallecido.

En caso de personas no identificadas o de pacientes identificados pero en situación de abandono y que fallezcan por muerte encefálica, el director del hospital podrá autorizar, luego de 48 horas de suscrita el acta de comprobación del deceso, la extracción de los órganos o tejidos.

Otra medida que establece este reglamento es la confidencialidad de la información relativa a donantes y receptores de órganos y tejidos. En ese sentido está prohibido proporcio9nar información que permita identificar al donante o al receptor.

Las instituciones de Salud y Educación promoverán en la población una cultura de solidaridad que permita favorecer la donación de órganos y tejidos, mientras que los establecimientos de salud públicos y privados acreditados como centros trasplantadores brindarán capacitación continua a los profesionales de la salud que se dedican a las actividades de extracción y trasplante.

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Del mismo modo, esta norma prohíbe cualquier tipo de publicidad referida a la necesidad o disponibilidad de un órgano o tejido, ofreciendo o buscando algún tipo de beneficio, debido que este acto es gratuito.

Este reglamento establece disposiciones sobre diagnóstico de muerte, requisitos y condiciones del donante vivo de tejidos y órganos, traslado de órganos y tejidos a nivel nacional, traslado a nivel internacional y la Organización Nacional de Donación y Trasplante (ONDT).

Precisa que la ONDT depende del Ministerio de Salud y es la responsable de las acciones de rectoría, promoción, coordinación, supervisión y control de los aspectos relacionados a la donación y trasplante de órganos y tejidos.

El consejo directivo de esta organización está conformado por representantes del Minsa, de los ministerios del Interior, Defensa, EsSalud y de la Asociación de Clínicas Privadas.

El reglamento consta de diez títulos, cuatro capítulos, sesenta y cuatro artículos, dos disposiciones transitorias y finales y tres anexos. Su publicación fue oficializada mediante el Decreto Supremo N° 014-2005-SA, publicada hoy en el diario oficial, y rubricado por el presidente de la República y los ministros de Salud, Educación, Defensa e Interior.