Minsa dicta norma para óptima atención del paciente en cuidados intensivos e intermedios

Nota de prensa

6 de julio de 2005 - 12:00 a. m.

Con el propósito de garantizar la óptima atención del paciente critico (persona en riesgo momentáneo ó continuo de perder la vida o deterioro importante de la calidad de vida) en los servicios de cuidados intensivos de los hospitales públicos y privados del sector salud, el Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la “Norma técnica de los servicios de cuidados intensivos e intermedios”, elaborada por la Dirección General de Salud de las Personas (DGSP).

Esta norma también busca fortalecer la organización y funcionamiento de dichos servicios para la atención de las personas en situación critica, así como promover el uso eficiente de los recursos destinados al cuidado de estos pacientes en el marco de la continuidad de la atención.

El referido documento establece los procedimientos técnicos-administrativos que deben permitir satisfacer las necesidades de atención del paciente critico bajo criterios de calidad. Asimismo señala que las Direcciones Regionales de Salud (Diresas) y las Direcciones de Salud (Disas) serán las responsables de su aplicación y monitoreo.

La Resolución Ministerial Nº 489-2005/MINSA que aprueba dicha norma fue publicada el domingo y su aprobación fue anunciada por la ministra de Salud, Pilar Mazzetti Soler, durante la inauguración del VIII Congreso Internacional de Medicina Intensiva, organizado por la Sociedad Peruana de Medicina Intensiva.

De acuerdo al dispositivo los establecimientos de salud del nivel II-2, III-1 y III-2 ó similares, contarán con un área de cuidados intensivos generales. Los de nivel II-2 deberán tener además un servicio de cuidados intensivos pediátricos y neonatal cuando la demanda de pacientes lo justifique.

Mientras tanto los establecimientos de nivel III–1 deberán tener Cuidados intensivos e intermedios pediátricos, neonatales y para adultos, así como también cuidados intensivos de especialidades como neuroquirúrgicos, coronarios, cirugía cardiovascular, trauma, quemados, inmunodeprimidos, trasplantes, entre otros, según la demanda de pacientes.

Una de las disposiciones generales de este documento técnico señala que los servicios de cuidados intensivos deberán funcionar en forma permanente las 24 horas del día y estarán a cargo del médico especialista en medicina intensiva.

En cuanto a la ubicación de los mencionados servicios se establece que estos deberán estar de preferencia próximos a la emergencia, centro quirúrgico, laboratorio e imágenes, y en una zona aislada de los ruidos y circulación del público. Mientras que el Servicio de Cuidados intensivos neonatal deberá funcionar cerca de la sala de partos y centro quirúrgico.

En cuanto a los recursos humanos los servicios de Cuidados intensivos e intermedios de los hospitales II-2, III-1 y III–2 deberán contar con un médico jefe, médico de servicio, jefe de enfermería, enfermera asistencial y técnico de enfermería. Los hospitales de nivel III-1 y III-2 que cuentan con más de 15 camas en áreas de cuidados críticos, contarán con otros profesionales de la salud como psicólogos, nutricionistas, entre otros.