Minsa aprueba reglamento del sistema nacional de residentado médico

Nota de prensa

4 de marzo de 2006 - 12:00 a. m.

El Ejecutivo oficializó el Reglamento del Sistema Nacional de Residentado Médico, mediante la Resolución Suprema Nº 018-2004-SA, publicada en el diario Oficial El Peruano y firmado por el presidente de la República y los ministros de Salud y Educación.

El reglamento contiene 35 artículos y cinco capítulos referidos a Concurso de ingreso al residentado y de los postulantes, evaluación y calificación del postulante, médicos residentes, e incentivos y funciones.

Asimismo en lo referente al concurso de ingreso al residentado y de los postulantes, se señala que el proceso de admisión es instrumentado por las Facultades de Medicina a través de las escuelas, secciones o unidades de postgrado.

Los postulantes al concurso deberán contar con los siguientes requisitos; ser médico colegiado y estar habilitado para el ejercicio profesional por el Colegio Médico del Perú; haber hecho SECIGRA o SERUMS; tener buena salud física y mental, acreditada por establecimientos de salud del sector, con una antigüedad no mayor de tres meses; leer y comprender el idioma inglés, mediante certificado reconocido por la universidad a la que postula; y haber rendido el examen nacional de medicina.

Los postulantes también deberán presentar una serie de documentos entre los cuales se encuentran; solicitud de postulación, constancia de registro y habilidad profesional dada por el Colegio Médico, copia autentificada del título por la Secretaría General de la Universidad de origen, entre otros.

También el reglamento señala que las plazas vacantes en establecimientos de salud de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, sólo podrán ofertar hasta el 75% de plazas correspondiendo la diferencia a otros postulantes que sin pertenecer a dichas instituciones hayan obtenido nota aprobatoria.

El concurso se realizará anualmente y de manera simultánea en todos los Programas de Residentado Médico según la fecha señalada por el CONAREME. El jurado calificador estará conformado por el director de la escuela, sección o unidad de postgrado de la universidad respectiva; tres representantes del Comité Directivo de la escuela, sección o unidad de postgrado; un representante del Colegio Médico del Perú, de la Asociación Nacional de Médicos Residentes, del ministro de Salud, del CONAREME y representantes de la entidad prestadora de salud del subsector correspondiente

También se indica que las decisiones del jurado son inapelables y que el postulante debe consignar la modalidad de la plaza a la que postula al momento de la inscripción al concurso.

Por otra parte, en cuanto a la evaluación y calificación se señala que ésta se hará teniendo en cuenta el orden de mérito (6%) y el examen de conocimiento (94%), el cual se hará mediante una prueba escrita de 200 preguntas y para los postulantes a subespecialidades mediante una prueba diferenciada de 100 interrogantes.

Destaque

Se establece que aquellos que pertenezcan a instituciones públicas o privadas sean nombrados o contratados pueden acogerse a la modalidad de destaque durante el período requerido para su formación, debiendo cumplir con lo indicado en el artículo 17º de este reglamento. Al término del residentado deberá regresar a su lugar de origen debiendo permanecer ahí obligatoriamente por un tiempo mínimo similar al de su especialización.

También se indica que es responsabilidad de la institución de origen financiar la remuneración del médico residente y de la institución de destino el pago por guardias hospitalarias en atención a lo requerido en su programa de formación. El reglamento también señala algunas obligaciones, responsabilidades y derechos de los médicos residentes.

Asimismo, el reglamento señala algunos dispositivos referentes a rotaciones externas de especialidades y subespecialidades; evaluaciones académicas y asistenciales, y titulación.

Incentivos y sanciones

El reglamento señala en el capítulo de incentivos y sanciones, que el CONAREME, las universidades y las entidades prestadoras de salud, establecerán los mecanismos más convenientes que reconozcan la calidad y el mérito de los mejores médicos residentes.

El médico ingresante que abandone o renuncie a la plaza, con posterioridad a la fecha del proceso, estará impedido de postular por un período de tres años, excepto por causas justificadas no contempladas en el reglamento. Dichos casos deben ser calificados por la universidad y comunicados por el CONAREME.

Quienes presenten documentos falsos serán separados del concurso o retirados de la plaza y no podrán postular durante seis años.