Minsa y EsSalud están en proceso de elaboración de un tarifario único para el SOAT

Nota de prensa

15 de marzo de 2007 - 12:00 a. m.

El Ministerio de Salud (Minsa) y EsSalud, están elaborando un tarifario único para el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) con la finalidad de mejorar la atención de los pacientes asegurados en los distintos establecimientos de salud a nivel nacional, como lo ordena la Ley 28839 bajo la normatividad vigente de los Lineamientos de Política Tarifaria del sector.

El proceso de elaboración del citado tarifario fue dado a conocer en el marco de la presentación de la Directiva Administrativa para la Atención de Pacientes Protegidos por el SOAT en los establecimientos del Ministerio de Salud, acto realizado en el Paraninfo del Ministerio de Salud y del que participaron los médicos jefes de las Oficinas de Seguros, auditores, así como economistas de la Oficina de Presupuesto de los hospitales, institutos y Direcciones de Salud.

La presentación y desarrollo de la norma, aprobada por Resolución Ministerial Nº 109-2007 el 5 de febrero del presente año, estuvo a cargo de la Dra. Teresa Suárez Cárdenas, encargada del Área de Seguros de la Dirección General de Salud de las Personas del Minsa, con el objetivo de establecer los aspectos técnicos, operativos y financieros para la óptima atención de los asegurados por el SOAT en los establecimientos de salud.

Como punto principal, Teresa Suárez destacó la importancia de la atención al paciente que llega al servicio de emergencia de los establecimientos de salud del Minsa, la que se debe priorizar para, luego, establecer la parte administrativa del reembolso, “porque la atención al paciente es primero”, enfatizó.

Tasas de seguro

En su presentación, la Dra. Suárez precisó que las tasas del sistema de seguros por concepto de comisiones y primas responden al régimen de libre competencia en el mercado y no son reguladas por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) y AFPs. Por lo tanto, el precio del SOAT es fijado por las compañías de seguros, de acuerdo a las normas de libre mercado (artículos 9º y 326º de la Ley General del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS).

Por su parte, el Dr. Carlos Acosta Saal, director ejecutivo de Gestión Sanitaria del Minsa, mencionó al respecto que el costo de la prima del SOAT no está determinado por los gastos médicos. Y añadió, además, que el Minsa ha disminuido el tarifario hasta en tres oportunidades.

También dijo que los precios de las primas del SOAT, cuya estructura de costos no se conoce, se han incrementado. Sin embargo, explicó que esto puede tener que ver con la elevación del número de accidentes de tránsito y que la alta siniestralidad presentada en el parque automotor público constituye un elemento determinante en el valor de la citada prima.

La Dra. Suárez afirmó, además, que las atenciones ordinarias que brindan los establecimientos de salud del Minsa a los usuarios en general tienen una tarifa que cubre el costo total de la prestación realizada, sin considerar subsidio alguno con recursos del Estado, acorde a los Lineamientos de Política Tarifaria.

Mientras que, en el caso de la población de escasos recursos económicos que no goza de la cobertura de algún régimen de prestaciones de salud, público o privado, las atenciones médicas son subsidiadas por el Estado a través del Seguro Integral de Salud (SIS) en los diferentes establecimientos de salud del Minsa.

Cabe resaltar que estas reuniones se realizarán periódicamente con la finalidad de conocer con mayor detalle los alcances de la directiva, a fin de que el personal de salud de los servicios de emergencia de los centros hospitalarios brinden una mejor atención a los pacientes.