Aseguramiento Universal se implementará progresivamente hacia atención integral del paciente
Nota de prensa7 de abril de 2010 - 12:00 a. m.
La Ley del Aseguramiento Universal en Salud (AUS) permitirá la complementariedad y subsidiaridad de los servicios, afirmó esta mañana el viceministro de Salud, Melitón Arce Rodríguez, quien explicó que lo que no pueda cubrir un servicio público, se podrá coberturar a cambio de una contraprestación con el que si tiene, sea privado o del seguro social. De esta manera, la atención del paciente será integral y el daño resultará resuelto.
“Todo está en empezar a hacer las cosas”. El AUS es un proceso que se ha iniciado a través de proyectos pilotos en Huancavelica, Apurimac y Ayacucho; también en Ventanilla en el Callao, y cuya finalidad es “que todo peruano, desde que nace hasta que por causas naturales tenga que abandonar la vida, cuente con un seguro”, declaró.
El AUS ha sido algo deseado por los peruanos desde hace mucho tiempo. “Está en la Ley General de Salud, la propia Constitución de 1993 lo prevé, y los partidos políticos, suscribieron el Acuerdo de Partidos Polìticos en Salud y Educación, que son los dos sectores sociales más álgidos del país, y el gobierno está cumpliendo con este acuerdo firmado el 2006”, refirió.
Con relación a la obligatoriedad del mismo, que generó cierto cuestionamiento, aclaró que “lo que dice la Ley de Aseguramiento Universal señala es que toda persona debe contar con un seguro. No dice si este o tal”, agregó Arce Rodríguez. “El que ya tiene un beneficio mayor, no lo pierde”, subrayó en declaraciones a una radio local.
Indicó que si la persona es pudiente o tiene recursos, puede optar por un seguro privado o pre pagado; si trabaja en una institución o empresa, y es parte de una planilla, puede estar en el Seguro Social o en alguna EPS; y, si no tiene esta posibilidad, el sector público le brindará la posibilidad de contar con este seguro.
La referida Ley contempla los niveles: contributivo, semicontributivo y subsidiado, según la capacidad económica del asegurado, con los que se atenderá la carga de la enfermedad, y se darán las garantías explícitas de atenderlas bien.