Farmacias y boticas están obligadas a exhibir lista de precios de medicamentos
Nota de prensa7 de diciembre de 2012 - 12:00 a. m.
Todas las boticas y farmacias están obligadas a publicar, en un lugar visible, la lista de precios de los medicamentos que están a la venta para que las personas que acudan a dichos establecimientos puedan elegir libremente entre todas las alternativas existentes los fármacos que les han sido prescritos, informó la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), del Ministerio de Salud.
De acuerdo al Código de Protección y Defensa del Consumidor “los establecimientos farmacéuticos están obligados a consignar de manera fácilmente perceptible para el consumidor los precios de los productos que venden en los espacios destinados para su exhibición y contar con una lista de precios de fácil acceso a los consumidores”
En el caso de los establecimientos que expenden una gran cantidad de productos, estas listas pueden ser complementadas por terminales de cómputo debidamente organizados y de fácil manejo para los consumidores; con ello se garantiza el derecho de las personas a estar debidamente informados antes de realizar su compra, explicaron voceros de la Digemid.
Sanciones
Señalaron también que estos establecimientos, adicionalmente tienen la obligación de registrarse e informar oportunamente sus precios al Observatorio de Precios de Medicamentos de la Digemid, caso contrario pueden ser sancionados -de acuerdo al grado de su falta- con una amonestación o con multas que pueden llegar al equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir, 3,650 nuevos soles o el cierre temporal por treinta días.
“De acuerdo con el Anexo 1 del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos (D.S. 014-2011-SA) de la Ley N° 29459 de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, existen cuatro tipo de infracciones por las que una botica o farmacia podría ser sancionada: no registrase en el Sistema Nacional de Información de Precios de Productos Farmacéuticos, no entregar a dicho sistema la información requerida en los plazos y condiciones establecidas de manera incompleta”, detallaron.
En orden alfabético
Especialistas de la Digemid resaltaron que en el caso de productos farmacéuticos las farmacias y boticas, en sus locales deben poner a disposición del consumidor la lista de precios ordenada alfabéticamente, de acuerdo a su Denominación Común Internacional (DCI) o nombre genérico.
“Población también puede consultar los precios de los medicamentos ingresando a la página web del observatorio de precios de medicamentos http://observatorio.digemid.minsa.gob.pe/ y colocar el nombre del medicamento prescrito”, concluyeron.