Aprobación de Plan Multisectorial busca postergar maternidad y paternidad adolescente hasta la edad adulta

Nota de prensa
Es de alcance nacional y comprende a todas las entidades de la administración pública

7 de noviembre de 2013 - 12:00 a. m.

Postergar la maternidad y paternidad hasta alcanzar la edad adulta, y reducir la tasa de maternidad adolescente en 20 por ciento, es uno de los objetivos del Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2013-SA, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano.

Este D.S. ha tomado en consideración el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2012-2021 (PNAIA 2021) que establece –además- consolidar el crecimiento y desarrollo integral de los adolescentes de 12 a 17 años de edad, para evitar que limiten sus planes de vida y el acceso a oportunidades de desarrollo.

Con esta resolución se quiere evitar que los adolescentes que enfrentan un embarazo no planificado, afronten dificultades en la dimensión individual, familiar y social como son: el abandono de sus parejas, la imposibilidad de concluir sus estudios escolares, el incremento de los riesgos de morbilidad de la adolescente embrazada y del recién nacido, y la limitada capacidad de la adolescente para cuidar y criar a su niño (a).

Además, el inicio temprano de las relaciones sexuales sin protección que coloca a los adolescentes en riesgo de adquirir infecciones de transmisión sexual, incluyendo el VIH/Sida.

Multisectorialidad

El D.S. 012-2013-SA, que lleva la firma del presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, tiene alcance nacional y comprende a todas las entidades de la administración pública de los niveles nacional, regional y local.

Las acciones del Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021, serán financiadas con cargo a los presupuestos institucionales de los pliegos involucrados, conforme a las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y en el marco de las normas legales vigentes.

Se conforma Comisión

En el artículo 4° de esta norma, se constituye la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan Nacional, con la finalidad de contribuir al cumplimiento eficaz de sus objetivos y líneas de acción estratégica. La comisión estará adscrita al Ministerio de Salud (Minsa).

La comisión estará presidida por el Viceministro de Salud, y la conformarán: el Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros; el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; el Viceministro de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Viceministro de Poblaciones Vulnerables.

También el Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Viceministro de Orden Interno del Ministerio del Interior; el Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Viceministro de Turismo; el Viceministro de Relaciones Exteriores; y el Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

Como invitados a que formen parte de la Comisión están la máxima autoridad del Ministerio Público, del Poder Judicial y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en calidad de miembros supernumerarios.

Además podrán participar en calidad de invitados un representante de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza, un representante de la Defensoría del Pueblo, un representante del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y un representante del Fondo de las Nacional Unidas para la Infancia.

Plazo
La Comisión Multisectorial deberá instalarse en un plazo no mayor de diez días hábiles siguientes de publicado el Decreto Supremo.