Cuide su salud con laceadores de cabello solo de procedencia legal

Nota de prensa
Verifique que cuenten con Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO). Cómprelos en establecimientos formales y exija al estilista que le muestre el producto antes de ser usado

6 de mayo de 2014 - 12:00 a. m.

Las personas que se someten al proceso de laceado de cabello, y los estilistas que realizan ese servicio deben proteger su salud usando solo productos para cabello de precedencia legal. De lo contrario, pueden sufrir los efectos causados por el exceso de formaldehido que contienen los de procedencia ilegal, informaron especialistas de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid).

“Cuando una persona va a un salón de belleza para lacearse el cabello, debe solicitar al estilista que le muestre el producto que va a utilizar y verificar que sea de procedencia legal, que cuente con Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO) (en los cosméticos es el equivalente al registro sanitario), leer su contenido en la etiqueta y exigir que el producto sea preparado en su presencia”, explicó el director general de la Digemid, César Amaro.

El funcionario dijo que si no se toman esas medidas de prevención es probable que las personas corran el riesgo de que se les aplique productos con alto contenido de formaldehido (formol) que podría generar irritación en la piel, lagrimeo por el olor fuerte, picazón y, a futuro, problemas respiratorios severos en las fosas nasales, laringe, incluso pulmones.

“El formaldehido es una sustancia química que se utiliza como preservante en algunos cosméticos, con un límite establecido por la autoridad de 0.2 por ciento, porcentaje que es aceptado por autoridades sanitarias de países de alta vigilancia sanitaria. Sin embargo, hay laceadores de origen ilegal que pueden superar este porcentaje, con niveles altamente tóxicos y nocivos para la salud de la persona que se somete al laceado y para quien lo realiza”, expresó.

Amaro agregó que, de acuerdo a la normatividad vigente, la información sobre el contenido de formaldehido debe estar consignada en el empaque.

La Digemid solo otorga NSO a los productos que contienen como máximo 0.2 por ciento de formaldehido, de lo contrario, no los registra y no pueden ser comercializados en el país. “Solo se autoriza la comercialización de productos que cumplen con los estándares internacionales”, enfatizó.

Recomendaciones
Amaro recomendó a los estilistas que compren los laceadores que verifiquen que cuenten con NSO y aplicarlos en lugares abiertos, con una adecuada ventilación, emplear mascarillas y realizarse un chequeo médico periódico.

“Si perciben irritación o problemas respiratorios asociados al uso de estos productos, deben buscar consejo médico. Por ninguna razón deben usarlo o aplicarlo a mujeres embarazadas, personas con asma o niños”, concluyó.

Normatividad y denuncias
En el Perú la comercialización de este tipo de productos está regulada por Decisión 516 - Armonización de Legislaciones en materia de Productos Cosméticos de la Comunidad Andina y la Resolución 797 - Reglamento de la Decisión 516 sobre Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Cosméticos.

Cualquier denuncia se puede realizar llamando gratuitamente a Infosalud: 0800-108-28 o escribiendo al correo denuncias@digemid.minsa.gob.pe.