Médicos están obligados a no abandonar a sus pacientes
Nota de prensa16 de mayo de 2014 - 12:00 a. m.
Según establece La ley 26842, Ley General de Salud, en sus disposiciones complementarias, es de interés público la provisión de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institución que las provea, así como promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población.
En ese marco, los médicos no pueden entregar y mucho menos amenazar con entregar los hospitales de Lima, señaló Dalia Suarez, jefa de Gabinete de Asesores del Minsa, al tiempo de afirmar que esta acción está tipificada en el Código Penal como delito.
Efectivamente, el artículo 125° del Código Penal, sanciona a quienes resulten responsables del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, por exponer a peligro o abandono a personas. Dicho acto es además un ilícito penal previsto y sancionado en su agravante, prevista en el Art. 129° del citado cuerpo legal.
Asimismo, la funcionaria agregó que estos dispositivos legales obligan a los médicos a no dejar en abandono a los pacientes.
“Los médicos no pueden abandonar su servicio y poner en riesgo las personas que ingresan por cualquier emergencia médica a los centros hospitalarios, así como los que requieren de control periódico como son los que padecen enfermedades crónicas (diabetes, asma, tuberculosis, etc.); enfermedades estacionales como las Infecciones Respiratorias Agudas como neumonía, entre otras”, señaló la jurista.