Obligación de contratar al personal de Salud bajo modalidad CAS (Comunicado Oficial N° 54)

Comunicado
Minsa precisa que contratación del personal de Salud debe hacerse con contratos CAS.

Fotos: Minsa

5 de abril de 2020 - 5:03 p. m.

Se comunica a todos los directores de los establecimientos de salud que a partir de la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia N° 029-2020, durante la emergencia sanitaria, la regla general de contratación de personal de salud es la aplicación del régimen de Contratación Administrativa de Servicios – CAS (CAS-Covid-19)

El sentido de esta medida es lograr la máxima protección jurídica y física para todo el personal de salud vinculado con la prevención, control, diagnóstico y tratamiento del coronavirus – Covid-19.

Por tanto, está prohibido el uso de modalidades contractuales como los denominados servicios de terceros, locaciones de servicios o cualquier otra denominación.

Solo puede contratarse al personal de salud sujeto en atención del Covid-19 mediante el régimen CAS o el decreto legislativo 1153, bajo responsabilidad administrativa.