Gobierno aprobó el Reglamento de la Ley que establece la conformación y funcionamiento de las Redes Integradas de Salud (RIS)

Nota de prensa
Permitirá seguir fortaleciendo los servicios de atención y gestionar los determinantes sociales de la salud
Minsa

Fotos: Minsa

19 de octubre de 2024 - 2:33 p. m.

Como parte del avance de la implementación del nuevo modelo de gestión sanitaria del país, impulsada por el ministro de Salud, César Vásquez, el Gobierno peruano, a través del Decreto Supremo n.°019-2024-SA, aprobó el Reglamento de la Ley n.° 30885, Ley que establece la conformación y el funcionamiento de las Redes Integradas de Salud (RIS) que permitirá contar con una cartera de atención de salud equitativa e integral para la población.

De esta manera, las RIS proveerán servicios de salud en concordancia con las políticas nacionales de salud, multisectoriales o sectoriales de salud, y con la normatividad que emita la Autoridad Nacional de Salud (ANS), así como aquella que las Diris de Lima Metropolitana adecuen, según la realidad sanitaria en su ámbito territorial.

Estos servicios se orientan al cuidado integral de la salud, a través de la promoción, prevención, tamizaje, diagnóstico, recuperación, rehabilitación y cuidados paliativos, de manera articulada entre los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo que la conforman.

Un componente importante de estas RIS, además del fortalecimiento de los servicios para que la atención llegue a todas las personas y/o residentes en el país, es la gestión de los determinantes sociales de la salud que se realiza de manera coordinada y articulada con la autoridad regional de salud, las Diris, Gobiernos locales, diversos sectores, instituciones, así como organizaciones de la sociedad civil organizada.

Este Reglamento es de cumplimiento obligatorio en los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo del Ministerio de Salud (Minsa) y los Gobiernos regionales.

En ese sentido, el Minsa, en un plazo máximo de ciento ochenta días contados a partir de la entrada en vigencia del presente reglamento, expide la normativa e instrumentos técnicos necesarios para la implementación del presente reglamento, e incluye entre otros documentos normativos como el Plan de Salud de la RIS, conformación de las RIS, Estrategia de las Redes Iniciadoras y Herramientas de Gestión Clínica.

El funcionamiento de las RIS empieza de manera progresiva, teniendo como base la estrategia de iniciadores de la implementación de RIS. El Minsa define anualmente en coordinación con la autoridad regional de salud o las Diris de Lima Metropolitana el número de RIS a implementarse. Esto no limita que otras RIS no consideradas como iniciadoras que puedan iniciar su funcionamiento, coordinando para ello con la autoridad que corresponda.