Resolución Ministerial N.° 171-2020-MINSA

Directiva Sanitaria para el manejo de cadáveres por COVID-19

4 de abril de 2020

Modificar el literal d) del numeral 2 y el numeral 7 del Punto VI de la Directiva Sanitaria N° 087-2020-DIGESA/MINSA, Directiva Sanitaria para el manejo de cadáveres por COVID-19, aprobada por Resolución Ministerial N° 100-2020-MINSA, los cuales quedan redactados de la siguiente manera:

“VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS.

(…)

2. Manejo del cadáver en el mortuorio del establecimiento de salud, vivienda o lugar distinto

(...)

d) Para el caso de personas en condición de indigencia que haya fallecido por COVID-19 o ser caso sospechoso y no cuenten con un seguro salud, el financiamiento para su cremación o inhumación será asumido por el Seguro Integral de Salud (SIS), quien realizará las acciones administrativas y financieras que correspondan para la cremación o inhumación. El manejo del cadáver es el descrito en los párrafos precedentes.

(…)

7. De la necropsia

a) Para el caso de pacientes fallecidos por COVID-19, o caso sospechoso de haber fallecido por COVID 19, no procede la realización de la necropsia del cadáver; se exceptúa cuando el Ministerio Público evidencia un acto criminal en el cadáver, quien dispone y autoriza la necropsia de ley, la que se realiza con los cuidados exigidos y con el número mínimo necesario de participantes que son los únicos que ingresan a la sala en donde se realiza la necropsia.

b) El personal que realice la necropsia debe contar obligatoriamente con protección EPP, bajo responsabilidad. Además, todos ellos son identificados en una lista para ser vigilados ante cualquier síntoma respiratorio dentro de los catorce (14) días posteriores a la última exposición a un caso confirmado de COVID-19, permitiendo realizar el diagnóstico oportuno y proceder a su aislamiento.

c) Finalizada la necropsia y obtenido los resultados, el cadáver debe ser cremado o inhumado, según corresponda.

d) Se debe limpiar y desinfectar las superficies que se han contaminado con tejidos o líquidos y secreciones corporales durante la necropsia. Esta limpieza la deben realizar las mismas personas que han participado en la necropsia.

e) Los residuos sólidos generados en este procedimiento serán manejados como residuos biocontaminados, bajo responsabilidad.”

Norma fue derogada con la Resolución Ministerial N° 1087-20263-MINSA

Esta norma pertenece a los compendios Normatividad sobre coronavirus (COVID-19), Normatividad sobre el manejo de cadáveres por coronavirus COVID-19

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