Decreto Supremo N.° 017-2009-SA
30 de diciembre de 2009
El Ministerio de Salud, sus órganos desconcentrados y organismos públicos, las Direcciones Regionales de Salud y los órganos desconcentrados de los Gobiernos Regionales, podrán renovar los destaques de aquellos servidores que se encuentren laborando en la condición de destacado al 31 de diciembre de 2009, durante el ejercicio presupuestal 2010.