Decreto Supremo N.° 002-2021-SA
11 de enero de 2021
El presente Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias del artículo 8 de la Ley N°29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, modificado por la Ley N°31091, para regular el registro sanitario condicional de medicamentos y productos biológicos con estudios en fase III.