Precisiones respecto a las transferencias realizadas mediante el artículo 2 y 3 del Decreto de Urgencia N° 065-2020 y sus anexos correspondientes

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26 de junio de 2020

Disposición del uso de los recursos transferidos a los servicios de prehospitalización deberán ser destinados para la Central de Regulación de Urgencias y Emergencias – CRUE y la atención prehospitalaria de los Servicios de Atención Móvil de Urgencia – SAMU, en las regiones que cuenten con SAMU regional o su equivalente en regiones que aún se encuentran en proceso de implementación.

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