Cuota laboral de discapacidad de la UE N°001
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10 de setiembre de 2025
La UE N°001, presenta la siguiente información en cumplimiento a la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, la cual dispone qué; “las entidades públicas deben contratar personas con discapacidad en un porcentaje no menor al 5 % del total de su personal en el marco del numeral 1 del artículo 49.” :
En ese sentido la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos realiza la vigilancia de la cuota laboral de los servidores; en los últimos 4 años se ha identificado a 36 servidores con discapacidad, con un marcado incremento en los últimos dos años, reflejando el cumplimiento de los avances de la cuota laboral; lo que a la fecha correspondería al 1.2% de la cuota laboral según los datos de la nómina actualizada de la UE N°001.
En ese sentido la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos realiza la vigilancia de la cuota laboral de los servidores; en los últimos 4 años se ha identificado a 36 servidores con discapacidad, con un marcado incremento en los últimos dos años, reflejando el cumplimiento de los avances de la cuota laboral; lo que a la fecha correspondería al 1.2% de la cuota laboral según los datos de la nómina actualizada de la UE N°001.