El principio de probidad y la prohibición de obtener ventajas indebidas en el Ministerio de Salud
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18 de diciembre de 2020
El Código de Ética establece la prohibición de obtener ventajas indebidas, para sí o para otros, mediante el uso de su cargo, autoridad, influencia o apariencia de influencia.
La prohibición de obtener ventajas indebidas se sustenta, principalmente, en tres supuestos:
La prohibición de obtener ventajas indebidas se sustenta, principalmente, en tres supuestos:
- El cumplimiento de la función pública no requiere de regalos o cualquier otro beneficio.
- Incumplir con las funciones encomendadas y brindar una atención de calidad son deberes de las funcionarias, funcionarios y servidores públicos.
- Ninguna persona (natural o jurídica) está obligada, ni debe sentirse persuadida a entregar regalos a aquellos que ejercen la función pública.