Registro de hospedaje y arrendamiento para extranjeros

Todo sobre el DS N° 011-2024-IN respecto a las obligaciones de hospedajes y arrendadores.

Hospedaje y arrendadores deberán registrar documentos de viaje o identidad de extranjeros en plataforma web de Migraciones
Esta página está dirigida a los dueños, administradores y representantes legales de hospedajes, hoteles y personas que alquilan bienes inmuebles.

Su objetivo es informar sobre la obligación de registrar a las personas extranjeras en la plataforma de Migracionesantes de brindar el servicio de hospedaje o arrendamiento, contribuyendo así a la seguridad y al orden interno del país.

En esta página encontrarás información clara y actualizada sobre:

  • En qué consiste el registro de huéspedes extranjeros y el registro de arrendatarios extranjeros.
  • A quiénes está dirigido y quiénes deben cumplir con esta obligación.
  • Desde cuándo está vigente.
  • Cómo realizar el registro si eres dueño o administrador de un hospedaje u hotel.
  • Cómo realizar el registro si alquilas un bien inmueble a personas extranjeras.
  • Las multas por incumplimiento.

Orientación

Importante

Hospedaje y arrendadores deberán registrar documentos de viaje o identidad de extranjeros en plataforma web de Migraciones.

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