Sobre las contrataciones en el marco del D.S. N°008-2021-PCM que establece medidas excepcionales para contener la propagación de la COVID-19

Comunicado
Comunicado N° 001-2021 EF/54.01
Comunicado sobre las contrataciones en el marco del D.S. N°008-2021-PCM que establece medidas excepcionales para contener la propagación de la COVID-19

1 de febrero de 2021 - 9:52 a. m.

La Dirección General de Abastecimiento, ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo N° 008-2021-PCM, Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19 y modifica el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, el Decreto Supremo N° 201-2020-PCM, el Decreto Supremo N° 002-2021-PCM y el Decreto Supremo N° 004-2021-PCM, hace de conocimiento que las contrataciones previstas en el referido Decreto Supremo:
  1. No suspenden el desarrollo de los procedimientos de selección convocados en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 082-2019-EF (en adelante el TUO de la Ley N° 30225), ni de los demás regímenes de contratación comprendidos en el Sistema Nacional de Abastecimiento.
  2. No suspenden el inicio de nuevos procesos de contratación que se efectúen en el marco del TUO de la Ley Nº 30225, ni en los demás regímenes de contratación comprendidos en el Sistema Nacional de Abastecimiento.
  3. No impiden que se realicen contrataciones que se encuentran excluidas del ámbito de aplicación contenidas en el TUO de la Ley Nº 30225, o en otros dispositivos legales.
  4. No paralizan la ejecución de los contratos de bienes, servicios y obras suscritos en el marco de: i) el TUO de la Ley N° 30225; ii) los demás regímenes de contratación comprendidos en el Sistema Nacional de Abastecimiento; y iii) las contrataciones que se encuentran excluidas del ámbito de aplicación contenidas en el TUO de la Ley Nº 30225, o en otros dispositivos legales.
En ese sentido, las Entidades pueden continuar con la realización de cualquiera de las actividades citadas en los numerales precedentes, debiendo cumplir estrictamente los protocolos sanitarios implementados para prevenir y controlar la propagación de la COVID-19.
Cualquier consulta al respecto puede realizarla al correo electrónico: dga@mef.gob.pe.

Esta noticia pertenece al compendio Comunicados de la Dirección General de Abastecimiento (DGA)