Resolución Directoral N.° 000162-2025-DG-INSNSB

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1 de setiembre de 2025

ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el sub numeral 6.2 del numeral 6 de la Directiva
Administrativa 005-INSN-SB/UAD-2024 “Disposiciones para regular el ingreso, permanencia
y salida de personas del Instituto Nacional de Salud del Niño - San Borja” conforme al
siguiente detalle:
6. Disposiciones Específicas
(…)
6.2 De los Servidores Civiles del INSN-SB
(…)
b. El ingreso y salida de los servidores civiles del INSN-SB se realiza por la puerta N°1 en el horario de 5:00 am. a 10:00 pm.
c. El ingreso y salida vía peatonal de los servicios civiles del INSN-SB se realiza por la puerta N° 2 en el horario de 5:00 am a 9:00 am. y de 5:00 pm a 10:00 pm.
(..)
f. Todo ingreso y permanencia de servidores civiles administrativos fuera del horario de lunes a sábado de 5:00 am a 10:00 pm es autorizado por el jefe inmediato, salvo el personal de caja, admisión, Servicios Generales y Seguros, cuyo horario incluye los domingos y/o feriados; debiendo remitir la autorización vía correo electrónico o telefónicamente al Servicios Integral de GEPEHO y al área de seguridad del INSN-SB.
(..)
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