Resolución Administrativa N.° 000120-2023-UAD-INSNSB
Resolucion Administrativa 000120-2023-UAD-INSNSB
27 de marzo de 2023
MODIFICAR el numeral 6.2.3 de la Directiva Administrativa N° 002-INSN-SB /2020/UAD denominada “Directiva para la Administración del Fondo de Caja Chica del INSN-SB” aprobada con Resolución Administrativa N° 084-2020-UAD-INSNB, por lo siguiente: Por medidas de austeridad y racionalidad, solo se atenderán gastos de refrigerio hasta por el monto de S/ 25.00, por labores urgentes y excepcionales de trabajo luego de cumplir la jornada laboral ordinaria, siempre que permanezca y realice labores efectivas hasta después de las 21 horas, las cuales deberán estar debidamente sustentada y justificada por el área usuaria y autorizado por la Dirección Ejecutiva de la Unidad de Administración. Para los casos de comisiones de servicios (campaña de salud) en el ámbito de Lima Metropolitana y Lima Provincia, que a su vez formen parte de la jornada de trabajo o programados en días no laborables, que implica el retorno del comisionado el mismo día a su residencia habitual, la alimentación es un máximo de S/ 50.00 previa solicitud y justificación ante el director de la Unidad de Administración para su autorización