Indecopi publica reporte sobre las compras públicas de medicamentos efectuadas por el sector Salud a proveedores no domiciliados en el Perú

Nota de prensa
El Indecopi publica reporte sobre las compras públicas de medicamentos efectuadas por el sector Salud a proveedores no domiciliados en el Perú

15 de mayo de 2024 - 4:30 p. m.

Tras análisis de procedimientos de contratación internacional la entidad plantea recomendaciones a Cenares, EsSalud y OSCE, para garantizar la transparencia y competencia en este tipo de compras públicas.
La Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi ha emitido un reporte que analiza los procesos de contratación internacional de productos farmacéuticos y dispositivos médicos realizados por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (Cenares) y el Seguro Social de Salud (EsSalud), mediante el cual recomienda diversas medidas, para asegurar la competencia, transparencia y eficiencia en este tipo de contrataciones.
El reporte puede ser consultado en el siguiente enlace web: https://bit.ly/44JrkJ0
Los procesos examinados corresponden al periodo 2019-2023 y se efectuaron en el marco de la excepción para la realización de compras a proveedores no domiciliados en el país (extranjeros) de acuerdo con la décimo octava disposición complementaria final del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, Ley N°30225.
Al respecto, la Comisión observó oportunidades para mejorar la transparencia y competencia en el desarrollo de contrataciones internacionales, como los criterios de comparación de cotizaciones de proveedores domiciliados como no domiciliados en Perú, y el análisis de los antecedentes de dichos proveedores para asegurar la calidad de los productos farmacéuticos y dispositivos médicos a adquirir.
En vista de ello, se recomendó al Cenares y a EsSalud medidas orientadas a asegurar la mayor concurrencia posible de proveedores durante la etapa de indagación de mercado, garantizar que se otorguen condiciones equivalentes a proveedores domiciliados y no domiciliados, permitir que se disponga de información adecuada para la comparación de cotizaciones y asegurar la calidad de los medicamentos adquiridos de proveedores no domiciliados.
Al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) le planteó promover, junto al Cenares y EsSalud, la reglamentación de la décimo octava disposición complementaria final del TUO de la LCE, y a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid) le recomendó desarrollar las acciones pertinentes para garantizar el cumplimiento de los plazos legales para la evaluación de las solicitudes de registro sanitario y de certificado de registro sanitario presentadas por proveedores domiciliados.
De esta manera, el Indecopi reafirma su compromiso por promover la competencia en los mercados, con especial énfasis en aquellos relacionados al sector salud, que resultan relevantes para la economía y el bienestar de los ciudadanos.
Lima, 15 de mayo de 2024