El Indecopi, al declarar ilegal una barrera burocrática, de ninguna manera desconoce función fiscalizadora de municipalidades

Nota de prensa
Precisión se da tras prohibición de la Municipalidad Provincial de Huancayo de otorgar licencia de funcionamiento a un restaurante ubicado a menos de 100 metros de colegios.
El Indecopi, al declarar ilegal una barrera burocrática, de ninguna manera desconoce función fiscalizadora de municipalidades

27 de febrero de 2024 - 12:40 p. m.

El Indecopi, a través de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas (SRB), recuerda a la ciudadanía que, entre sus competencias, tiene la facultad para verificar si las normas y exigencias que establecen las entidades del Estado son legales, con lo cual se garantizan los derechos a la libre iniciativa privada y la libertad de empresa.
En esa dirección, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Junín emitió la Resolución Final n.°0021-2023/CEB-INDECOPI-JUN que declara barrera burocrática ilegal la prohibición impuesta por la Municipalidad Provincial de Huancayo de otorgar licencia de funcionamiento a un establecimiento que desarrollaría el giro de restaurante-recreo, por encontrarse a menos de cien metros de distancia de centros educativos.
Al respecto, la Comisión señaló que el artículo 3° de la Ley n.°28681 (Ley que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas) solo restringe la entrega de licencias de funcionamiento para la venta de bebidas alcohólicas a establecimientos comerciales que se encuentren a menos de 100 metros de instituciones educativas y se “dediquen exclusivamente a la comercialización de bebidas alcohólicas”. Además, ordenó su inaplicación únicamente para el caso concreto de esa empresa solicitante.
Cabe precisar que la Comisión no obliga a las municipalidades a otorgar las licencias de funcionamiento solicitadas. Además, la declaración de ilegalidad o inaplicación no pretende desconocer las facultades de fiscalización y control posterior con las que cuentan las comunas. Tampoco impide que los gobiernos locales evalúen la nulidad o revocación de las autorizaciones, a fin de alcanzar el bienestar general y demás cometidos de interés público, según la Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ante esta situación y la necesidad de contribuir con las municipalidades, el Indecopi está dispuesto a realizar capacitaciones a los funcionarios, a fin de brindar toda la información que sus autoridades requieran.
Huancayo, 27 de febrero de 2024
NP-191-2024-OPD/INDECOPI