El Indecopi habilita servicio para que creadores de software registren sus programas a través de la plataforma de Registro Virtual de Obras

Nota de prensa
Este servicio está dirigido a personas naturales mayores de edad y empresas, a través de sus representantes.
El Indecopi habilita servicio para que creadores de software registren sus programas a través de la plataforma de Registro Virtual de Obras

15 de febrero de 2024 - 9:18 a. m.

Con la finalidad de que los programadores de software registren sus creaciones de manera totalmente digital, la Dirección de Derecho de Autor del Indecopi habilitó el servicio de registro de programas de ordenador a través de la plataforma de Registro Virtual de Obras https://servicio.indecopi.gob.pe/sel/login.jsf
 
Este servicio de registro, que anteriormente solo se podía realizar de forma presencial o mediante la mesa de partes virtual, está dirigido a personas naturales mayores de edad y personas jurídicas (empresas) a través de sus representantes. (Se recomienda revisar términos y condiciones de la plataforma).
 
Cabe indicar que la protección del derecho de autor sobre un determinado software, o alguno de sus componentes, es automática desde el momento de su creación, por lo cual no es obligatorio su registro. Sin embargo, es recomendable hacerlo para tener una fecha cierta de creación de la obra, así como una prueba idónea tanto de la autoría como de la titularidad, en caso alguien quiera apropiarse de la creación o utilizarla sin permiso.
 
¿Cómo registrar un software a través del Registro Virtual de Obras?
La plataforma de Registro Virtual de Obras es de fácil acceso y se encuentra conectada con la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE). El usuario solo deberá consignar su número de DNI para que aparezcan todos los datos correspondientes (nombres completos, dirección, etc.).
 
Este procedimiento es totalmente virtual, solo bastará que el autor, desde la comodidad de su casa u oficina, a cualquier hora o día del año, ingrese a este enlace: https://www.gob.pe/10562-registrar-una-obra-en-el-indecopi, complete los datos que solicita la plataforma y realice el pago de la tasa de registro (S/ 390.50) a través del Banco de la Nación o a través de la plataforma Págalo.pe.
Luego del respectivo trámite, la Dirección de Derecho de Autor emitirá una resolución y certificado de registro con firma digital, los mismos que serán enviados a la casilla electrónica del solicitante. Dicho certificado podrá descargarse las veces que el usuario desee y contará con un código QR que servirá para la validación legal del documento.

Lima, 15 de febrero de 2024
 
 
 
 
NP-177-2024-OPD/INDECOPI