Sancionan a proveedor por difundir publicidad engañosa asegurando que gel eliminaba el 99.9 % de gérmenes
Nota de prensaLa empresa Yomar S.A.C. fue sancionada con 78.5 UIT y con el cese definitivo de la comercialización del gel, en tanto no cuente con el Registro Único de Usuarios y Transportistas de Alcohol Etílico.


16 de junio de 2023 - 8:44 a. m.
En el marco de un procedimiento de oficio, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del Indecopi multó a la empresa Yomar S.A.C. con 78.5 UIT (unidades impositivas tributarias), equivalente a S/ 388 575, por difundir publicidad engañosa sobre un gel, afirmando que eliminaba el 99.9 % de los gérmenes.
Según la Resolución n.°069-2023/CCD-INDECOPI, del 30 de mayo de 2023, la empresa Yomar S.A.C. difundió publicidad en el empaque del producto denominado Gel Sanitizante de la marca Orión, con la afirmación “Mata el 99.9 % de los gérmenes”. De esta manera, daba a entender a los consumidores que dicho producto sería efectivo al 99.9 % contra todos los gérmenes o bacterias, cuando en realidad, no era cierto.
Asimismo, en la referida resolución se señala que la empresa comercializó el Gel Sanitizante sin contar previamente con el Registro Único de Usuarios y Transportistas de Alcohol Etílico, no teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 13 de la Ley n.°29632, Ley para erradicar la elaboración y comercialización de bebidas alcohólicas informales, adulteradas o no aptas para el consumo humano, y su reglamento.
En ese sentido, la Comisión ordenó el cese definitivo e inmediato de la afirmación del producto que da a entender su efectividad al 99.9 % contra todos los gérmenes o bacterias, cuando no es cierto; y, la comercialización del gel, en tanto no cuente con el Registro Único de Usuarios y Transportistas de Alcohol Etílico.
La Resolución n.°069-2023/CCD-INDECOPI es pública y puede revisarse a través del siguiente enlace: https://servicio.indecopi.gob.pe/buscadorResoluciones/competencia.seam
Cabe precisar que la empresa se encuentra dentro del plazo legal para presentar un recurso de apelación ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, segunda y última instancia administrativa.
La presente información se pone en conocimiento en atención a lo establecido en el artículo 39 del Decreto Legislativo n.°1044 - Ley de Represión de la Competencia Desleal, modificado por el Decreto Legislativo n.°1391, que simplifica los procedimientos contemplados en normas con rango de ley que se tramitan en el Indecopi y precisa competencias, regulaciones y funciones del Indecopi.
Lima, 16 de junio de 2023