#DeVueltaAlCole: ¿Los colegios privados pueden prohibir el uso de accesorios o vestimenta distinta al uniforme escolar?

Nota de prensa
El Indecopi señaló que estas disposiciones no pueden desnaturalizar ni desconocer los derechos de los estudiantes a la identidad, ni encubrir actos de desigualdad o discriminación.
#DeVueltaAlCole: ¿Los colegios privados pueden prohibir  el uso de accesorios o vestimenta distinta al uniforme escolar?
#DeVueltaAlCole: ¿Los colegios privados pueden prohibir  el uso de accesorios o vestimenta distinta al uniforme escolar?

23 de febrero de 2023 - 3:32 p. m.

Ya falta poco para el inicio de clases y muchos padres de familia se preguntan si está prohibido que sus hijos usen algún accesorio o vestimenta distinta al uniforme escolar. Al respecto, el Indecopi señaló que los colegios privados cuentan con autonomía para establecer, a través de su reglamento interno, las disposiciones necesarias para el desarrollo del servicio educativo, pero que esto debe darse respetando los principios, valores y derechos establecidos en la Constitución Política del Perú.
La institución señaló que, si bien los colegios pueden determinar la indumentaria que los alumnos deben usar, ello no debe desnaturalizar ni desconocer los derechos de los estudiantes a la identidad, al desarrollo a la libre personalidad, entre otros, ni tampoco encubrir actos de desigualdad o discriminación; caso contrario, los órganos resolutivos del Indecopi, podrían iniciar un procedimiento sancionador e imponer multas de hasta 450 UIT, es decir S/2 227,500.
¿Cuándo se comunican estas disposiciones?
Las disposiciones respecto al correcto funcionamiento y conducción del servicio educativo, como la exigencia del uso del uniforme o la prohibición del uso de accesorios, deberán estar contenidas y ser debidamente informadas a los alumnos y padres de familia y/o apoderados a través del reglamento interno de los colegios.
Este reglamento deberá ser comunicado en un plazo no menor de 30 días calendario antes de iniciarse el proceso de matrícula de cada año lectivo, de acuerdo con la Ley de los Centros Educativos Privados (Ley N°26549).
¿Cómo presentar un reclamo?
En caso el padre de familia o tutor no haya sido informado sobre el reglamento o detecte que las medidas que impone el colegio atentan contra los derechos de los fundamentales del estudiante o que se trata de un presunto acto de discriminación, puede presentar su reclamo al colegio a través de su Libro de Reclamaciones para promover una solución directa. El colegio tiene un plazo de 15 días hábiles improrrogables para dar una respuesta al reclamante.
En caso no cumpliera con dar una respuesta; o, pese a esta, el inconveniente o hecho reclamado persiste, puede recurrir al Indecopi a través de los siguientes canales de atención:
Además, si es testigo de un hecho irregular, puedes reportarlo a: Formulario Web “Vigilancia Ciudadana”: https://cutt.ly/jjW4l8m.
Campaña #DeVueltaAlCole
A través de esta, el Indecopi tiene como objetivo empoderar a la ciudadanía, en especial padres y madres de familia con hijos en edad escolar de colegios privados, sobre sus derechos como usuarios del servicio educativo; e informar a los proveedores sobre sus obligaciones, establecidas en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Accede a información de la campaña en el siguiente enlace: www.gob.pe/institucion/indecopi/campa%C3%B1as/19875-de-vuelta-al-cole-2023
Lima, 23 de febrero de 2023