El Indecopi en Chimbote verifica que proveedores del servicio de transporte terrestre respeten derechos de pasajeros
Nota de prensa
23 de diciembre de 2022 - 12:05 p. m.
La Oficina Regional del Indecopi en Áncash sede Chimbote (ORI-Chimbote) viene realizando un monitoreo del cumplimiento de las obligaciones que tienen los proveedores del servicio de transporte urbano, interurbano e interprovincial, de acuerdo con el Código de Protección y Defensa del Consumidor y demás normas aplicables a este sector económico.
En ese contexto, en ejercicio de la potestad de realizar supervisiones de carácter orientativo y frente a las manifestaciones en diversas regiones del país, la ORI Chimbote recordó a los proveedores del transporte interprovincial que, ante la imposibilidad de brindar sus servicios, deben resguardar los derechos de los pasajeros y cumplir con las siguientes obligaciones:
· Informar a los pasajeros sobre las restricciones de los servicios programados, así como otorgar las facilidades de reprogramación y/o cancelación de los pasajes adquiridos;
· En caso los servicios sean reprogramados brindar la opción de reembolso del dinero al consumidor y;
· Evitar exponer la integridad física de sus consumidores y sus equipajes.
Por otro lado, en la medida que el transporte terrestre urbano e interurbano es uno de los sectores con mayor demanda durante estas fiestas, se conminó a los proveedores a:
· Contar en las unidades vehiculares con una lista de tarifas o tarifario que permita a los consumidores acceder al precio de los pasajes, incluyendo las tarifas diferenciadas de medio pasaje para los estudiantes;
· Informar la disposición que obliga a los niños mayores de cinco años a viajar en su propio asiento y pagar su pasaje;
· Brindar el servicio de transporte de pasajeros con las debidas medidas de seguridad, a efectos de evitar accidentes de tránsito y salvaguardar los bienes de sus pasajeros;
· Cumplir con el pase libre para personas con discapacidad severa debidamente registrado ante el Conadis (Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad);
· No discriminar por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole, respecto de los consumidores, se encuentren es tos dentro o expuestos a una relación de consumo;
· Reservar asientos y espacios preferentes de fácil acceso, debidamente señalizados, para el uso de personas con discapacidad; y,
· Cumplir con sus obligaciones respecto a la implementación del Libro de Reclamaciones, su aviso y la atención de las quejas o reclamos presentados por los consumidores.
La ORI-Chimbote se mantendrá vigilante y continuará monitoreando el mercado para evitar que los derechos de los ciudadanos se vean vulnerados durante sus relaciones de consumo.
Chimbote, 23 de diciembre de 2022