Indecopi multa a la academia de natación Berendson tras accidente de un menor en las escaleras de piscina en mal estado
Nota de prensaLa Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi determinó que la empresa debe cubrir los gastos médicos del menor afectado.

3 de diciembre de 2022 - 9:57 a. m.
En segunda y última instancia, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, multó con S/46,000 (10 UIT) a la academia de natación Berendson (Berendson Natación S.R.L), de Piura, ello tras el accidente que sufriera un menor en las escaleras de su piscina, la que se encontraba en mal estado, situación que vulneró el deber de seguridad establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Mediante la Resolución 2359-2022/SPC-INDECOPI, la Sala verificó que la escalera de la piscina se encontraba floja cuando el menor pretendía salir de la piscina, por lo que se deslizó en el último peldaño y sufrió una caída que le ocasionó fracturas en la tibia distal derecha y en el V metatarsiano.
Asimismo, se determinó que, ante esta situación, el personal de la academia no brindó atención inmediata al menor, tal y como lo establecía su propio protocolo para accidentes y emergencias, infringiendo el deber de idoneidad. En ese sentido, la Sala confirmó la multa de S/ 9,200 (2 UIT) que se le impuso en primera instancia.
Medidas a favor del consumidor
La Sala dispuso algunas medidas a favor de la denunciante, ordenando a la empresa que cumpla con devolverle el monto que pagó por el servicio contratado, el mismo que fue interrumpido a los días del accidente del menor. Además, dispuso cubrir los gastos médicos a consecuencia del accidente que sufrió el menor en la academia de natación, los que deberán ser acreditados por la denunciante.
La Resolución 2359-2022/SPC-INDECOPI es pública y puede ser revisada en el siguiente enlace:
https://servicio.indecopi.gob.pe/buscadorResoluciones/getDoc?docID=workspace://SpacesStore/99c1a308-af3f-4cae-85ef-b43e9882a47d.
Lima, 03 de diciembre de 2022
Para tomar en cuenta
La información contenida en esta comunicación se refiere a una decisión adoptada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi, órgano que pertenece al área resolutiva de la institución y que está integrada por profesionales independientes que resuelven los casos según su conocimiento especializado y conforme al marco legal vigente.
Los órganos resolutivos del Indecopi son autónomos en el ejercicio de sus funciones y sus decisiones no están sujetas a control por parte de la Presidencia del Consejo Directivo, de la Gerencia General o de cualquiera de las Gerencias que conforman la estructura administrativa del Indecopi, conforme a lo establecido en el artículo 21° de Ley de Organización y Funciones del Indecopi.
Mediante la Resolución 2359-2022/SPC-INDECOPI, la Sala verificó que la escalera de la piscina se encontraba floja cuando el menor pretendía salir de la piscina, por lo que se deslizó en el último peldaño y sufrió una caída que le ocasionó fracturas en la tibia distal derecha y en el V metatarsiano.
Asimismo, se determinó que, ante esta situación, el personal de la academia no brindó atención inmediata al menor, tal y como lo establecía su propio protocolo para accidentes y emergencias, infringiendo el deber de idoneidad. En ese sentido, la Sala confirmó la multa de S/ 9,200 (2 UIT) que se le impuso en primera instancia.
Medidas a favor del consumidor
La Sala dispuso algunas medidas a favor de la denunciante, ordenando a la empresa que cumpla con devolverle el monto que pagó por el servicio contratado, el mismo que fue interrumpido a los días del accidente del menor. Además, dispuso cubrir los gastos médicos a consecuencia del accidente que sufrió el menor en la academia de natación, los que deberán ser acreditados por la denunciante.
La Resolución 2359-2022/SPC-INDECOPI es pública y puede ser revisada en el siguiente enlace:
https://servicio.indecopi.gob.pe/buscadorResoluciones/getDoc?docID=workspace://SpacesStore/99c1a308-af3f-4cae-85ef-b43e9882a47d.
Lima, 03 de diciembre de 2022
Para tomar en cuenta
La información contenida en esta comunicación se refiere a una decisión adoptada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi, órgano que pertenece al área resolutiva de la institución y que está integrada por profesionales independientes que resuelven los casos según su conocimiento especializado y conforme al marco legal vigente.
Los órganos resolutivos del Indecopi son autónomos en el ejercicio de sus funciones y sus decisiones no están sujetas a control por parte de la Presidencia del Consejo Directivo, de la Gerencia General o de cualquiera de las Gerencias que conforman la estructura administrativa del Indecopi, conforme a lo establecido en el artículo 21° de Ley de Organización y Funciones del Indecopi.