El Indecopi multó a Tambo por vender bebidas alcohólicas a menor de edad

Nota de prensa
También le ordenó a la empresa implementar protocolos y capacitar a su personal para evitar que estos hechos vuelvan a ocurrir.
El Indecopi multó a Tambo por vender bebidas alcohólicas a menor de edad

9 de noviembre de 2022 - 5:32 p. m.

La Comisión de Protección al Consumidor N°2 del Indecopi multó a Tiendas Tambo S.A.C. con S/95,588 (20,78 UIT), luego de que se allanara a una denuncia en su contra por vender bebidas alcohólicas a una menor de edad, incumpliendo el deber de idoneidad, establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley N°29571), y la Ley que Regula a la Comercialización, Consumo y Publicidad de Bebidas Alcohólicas (Ley N°26681).
 
Mediante la Resolución N°2382-2022/CC2, el Indecopi también ordenó a la empresa implementar un protocolo para que no venda bebidas alcohólicas a menores de edad en sus establecimientos comerciales; y que capacite a su personal que brinda atención al público, a fin de que no se repita este accionar.
 
Cabe señalar que esta decisión corresponde a la primera instancia resolutiva del Indecopi y que la empresa se encuentra en el plazo legal para apelar ante la Sala Especializada en Protección del Consumidor, segunda y última instancia.
 
Accede a la resolución en el siguiente enlace: 
 
 
Lima, 09 de noviembre de 2022
 
Glosario
Idoneidad: Se entiende por idoneidad la correspondencia entre lo que un consumidor espera y lo que efectivamente recibe, en función a lo que se le hubiera ofrecido, la publicidad e información transmitida, las condiciones y circunstancias de la transacción, las características y naturaleza del producto o servicio, el precio, entre otros factores, atendiendo a las circunstancias del caso.