Modifican Reglamento del Libro de Reclamaciones para que proveedores atiendan reclamos y quejas de clientes en 15 días hábiles

Nota de prensa
El Indecopi tuvo a su cargo la modificación del Reglamento de la norma que beneficia a consumidores de todo el país.

16 de agosto de 2022 - 8:14 p. m.

Hoy se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo N°101-2022-PCM que modifica el Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor, documento que fue elaborado por el Indecopi con el propósito de precisar las modificaciones incorporadas en el Código a través de la Ley N°31435, y agilizar la atención de quejas y reclamos de los consumidores de todo el país. 
 
La modificación del Reglamento se dio en el marco de los cambios incorporados en los artículos 24 y 152 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que, entre otros, establece que el plazo máximo que tienen los proveedores para dar respuesta a las “quejas” de sus clientes es de quince (15) días hábiles, ya sea mediante una comunicación escrita, vía carta o correo electrónico, según haya solicitado el consumidor.
 
De igual modo, establece que el proveedor debe cumplir con atender y dar respuesta a los “reclamos” en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, mediante el canal que haya indicado el consumidor.
 
Conozca el detalle de las modificaciones del Reglamento a través del siguiente enlace: www.gob.pe/institucion/pcm/normas-legales/3346742-101-2022-pcm
 
Cabe señalar que los nuevos plazos establecidos para dar respuesta a los reclamos y quejas por parte de los proveedores se encuentran vigentes desde el 21 de mayo de 2022, fecha en la que se cumplió el periodo de adecuación previsto en la Ley N°31435.
 
Si los proveedores no cumplen con atender los reclamos y las quejas en el plazo indicado, los consumidores podrán reportar esta situación ante el Indecopi a través de sus canales de atención:
 
Lima, 16 de agosto de 2022