El Indecopi en Puno sanciona con 69 mil soles a Power Park Perú S.A.C. por no adoptar las medidas de seguridad en su juego “gusanito”
Nota de prensaMenor de edad sufrió un lamentable accidente el 29 de julio de 2021, sin recibir auxilio inmediato.

12 de abril de 2022 - 6:02 p. m.
La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Puno (ORI – Puno), en primera instancia administrativa, sancionó con 15 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a 69 000 soles a la empresa Power Park Perú S.A.C. por no adoptar las medidas de seguridad necesarias en su juego mecánico denominado “gusanito”, causando que el menor de iniciales L.D.F. de ocho (8) años sufriera un accidente y, además, no fue debidamente auxiliado.
Mediante Resolución Final N° 16-2022/INDECOPI-PUN del 15 de marzo de 2022, la Comisión de la ORI-Puno concluyó que la citada empresa vulneró el artículo 25° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que establece que “Los productos o servicios ofertados en el mercado no deben conllevar, en condiciones de uso normal o previsible, riesgo injustificado o no advertido para la salud o seguridad de los consumidores o sus bienes”.
Para tal efecto, la Comisión tuvo en cuenta el Certificado Médico Legal emitido al menor, así como el Acta de Constatación Policial efectuado en el establecimiento de Power Park Perú S.A.C conjuntamente con los demás medios probatorios presentados por la madre del menor.
El 29 de julio de 2021 a horas 18:30, madre e hijo llegaron al establecimiento de servicios de entretenimiento de Power Park Perú S.A.C de Juliaca, donde el menor al hacer uso del citado juego mecánico sufrió la fractura de diáfisis de tibia y peroné en la pierna izquierda, debido a que no existían las medidas de seguridad correspondientes. Además, no recibió el auxilio inmediato por parte de los encargados de juego, quienes incluso minimizaron el hecho.
Es importante mencionar que las partes del procedimiento cuentan con quince días hábiles para apelar, si así lo consideran, de acuerdo a ley. Si esto ocurre el caso será visto por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi.
Esta resolución es pública y puede ser vista en el siguiente enlace: https://bit.ly/3rnImKe
La institución da a conocer esta decisión al amparo del artículo 123 del Código, el cual precisa que “(…) Los procedimientos seguidos ante el Indecopi tienen carácter público. En esa medida, el secretario técnico y la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi se encuentran facultados para disponer la difusión de información vinculada a los mismos, siempre que lo consideren pertinente”.
La información contenida en esta comunicación se refiere a una decisión tomada por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Puno, órgano que pertenece al área resolutiva del Indecopi y que está integrada por profesionales independientes que resuelven los casos según su conocimiento especializado y conforme al marco legal vigente.
Puno, 12 de abril de 2022