A la opinión pública

Comunicado

26 de noviembre de 2021 - 8:42 p. m.

Enlace del comunicado en YouTube: https://youtu.be/7YJSDk8NASs


El 14 de septiembre del 2021, fui designado presidente ejecutivo del Indecopi por un periodo de 5 años, mediante Resolución Suprema 100-2021-PCM, como lo establece el Decreto Legislativo 1033.
La primera decisión de mi gestión fue cuestionar posibles conflictos de interés de vocales y comisionados en la institución, quienes trabajan por dietas en Indecopi y a su vez en estudios jurídicos y gremios integrados por empresas que tienen procedimientos administrativos en Indecopi. Esto es una muestra de falta de ética y transparencia de gestiones anteriores. NO SE PUEDE SER JUEZ Y PARTE EN LA PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Y LIBRE COMPETENCIA.
Hace unos días hice de público conocimiento las multas impuestas por el Indecopi al “Cartel de la Construcción”, a 33 empresas que fueron multadas en primera instancia por más de S/ 2,700.000.000.00 (dos mil setecientos millones de soles), es decir, más de USD 675 millones de dólares (seiscientos setenta y cinco millones de dólares), por haber formado un cártel para repartirse diversas licitaciones convocadas por Provias del MTC y otras entidades del Estado, para la ejecución de obras en carreteras a nivel nacional.
Como respuesta a esta firme lucha que busca el correcto funcionamiento del mercado y la libre competencia, las abogadas congresistas Adriana Tudela y Patricia Juárez, secretaria y presidenta de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República, presentaron y aprobaron de manera apresurada un predictamen inconstitucional, el mismo que pretende arbitrariamente despojarme del cargo, a los 2 meses de haber iniciado mi gestión. De esta forma, están promoviendo que el Poder Legislativo “tome por asalto” al Indecopi, violando el principio constitucional de separación de poderes, dispuesto en el artículo 43° y el Título Cuarto de la Estructura del Estado de la Constitución Política del Perú.
Este predictamen agrava el problema de fondo de nuestra institución que son las puertas giratorias y los conflictos de interés. Situación que venimos enfrentando desde inicios de mi gestión.
En el caso de la congresista Patricia Juárez, exteniente alcaldesa de Lima recordada por investigar el caso COMUNICORE, en su calidad de presidenta de la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios de alto nivel, excluyó de toda investigación al exalcalde de Lima Castañeda Lossio, quien actualmente se encuentra con arresto domiciliario por el caso Lavajato.
En el caso de la Sra. Adriana Tudela está probado que había reportes de ingresos al Congreso donde recibió a representantes vinculados al “Cártel de la Construcción”: Señores Ricardo Vega Llona representante de OHL y expresidente de CONFIEP, el Grupo OHL empresas sancionadas por Indecopi, Obrascon Huarte Lain S.A y Obrascon Huarte S.A Sucursal del Perú y Constructora TP S.A.C, (antes C. Tizón P. S.A.C., empresas sancionadas con 24,881,26 UIT, es decir con multas que suman un total de S/.10´947,640.00.
Por tanto: Solicito a la señora presidenta del Congreso de la República y a los miembros de la Mesa Directiva adopten, en el marco de las facultades que establece el Reglamento del Congreso de la República, las medidas necesaria para que se investigue minuciosamente a la presidenta y secretaria de la Comisión de Constitución y Reglamento y se determinen las responsabilidades de ley que correspondan, debido a que el predictamen aprobado contiene opiniones de abogados externos, los cuales estarían parcializados o vinculados al “Cartel de la Construcción”.
En consecuencia, estos hechos deberán ser investigados tanto en la Comisión de Ética como en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso de la República, en pro de la salud moral del país, sin perjuicio de la adopción de medidas legales adicionales que corresponda.
De otro lado solicito se investigue a la actual congresista de la República, Gladys Margot Echaíz de Núñez, ex fiscal suprema, quien debió haber sido explícita de la existencia de un vínculo familiar con su hijo, quien a la fecha labora en el Indecopi como secretario técnico de una de las salas, lo que implica la nulidad absoluta de todas las sesiones de la Comisión de Constitución, en las que ella participó con voz y voto en el debate del predictamen, esto es inaceptable en el procedimiento parlamentario.
Llama poderosamente la atención la falta de objetividad y transparencia de las citadas congresistas, quienes a pesar de ser abogadas y entender perfectamente los alcances e implicancias de sus acciones, han persistido en la aprobación del predictamen, sin contar con la opinión de algún experto en derecho constitucional más allá de los vinculados al “Cártel de la Construcción”, tampoco de organizaciones representativas de los derechos del consumidor.
Es importante destacar que las parlamentarias habrían violado el Código de Ética del Congreso, cuyo artículo 2 establece que los congresistas deben realizar su labor conforme a los principios de independencia, transparencia honradez, veracidad, respeto, tolerancia responsabilidad, democracia, bien común, integridad, objetividad y justicia”.
Por lo tanto, hago de conocimiento a la Sra. presidenta del Congreso de la República y a los distinguidos miembros de la Mesa Directiva, al despacho presidencial y a la Sra. presidenta del Consejo de Ministros los gravísimos hechos vinculados con la aprobación del citado predictamen, en los que se está atentando contra los principios de la función congresal y los de separación de poderes del Estado, generando un irresponsable e innecesario enfrentamiento político.
Considero que, a la luz de los hechos expuestos y de las irregularidades advertidas, este predictamen no debería ser aprobado por el pleno del Congreso de la República. Sin embargo, en el supuesto negado que este sea aprobado por el Pleno del Congreso, acudiremos al Tribunal Constitucional e instancias nacionales e internacionales, en defensa de la autonomía constitucionalmente otorgada al Indecopi en favor de los consumidores y en el marco de nuestra Ley Orgánica de Organizaciones y Funciones, Decreto Legislativo N°1033.
Julián Palacín Gutiérrez
Presidente Ejecutivo del Indecopi
Lima, 26 de noviembre de 2021