Indecopi multó a empresa Transani S.R.L. con S/ 220 mil por trasladar de forma insegura a sus pasajeros y ocasionar accidente de tránsito
Nota de prensaInvestigaciones policiales determinaron que el accidente, que dejó 18 personas heridas, se produjo por acciones imprudentes del conductor del bus.
Fotos: OPD Indecopi
18 de agosto de 2021 - 4:00 p. m.
La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Tribunal del Indecopi, en segunda y última instancia administrativa, confirmó la responsabilidad de la empresa de transportes Transani S.R.L. por trasladar de forma insegura a sus pasajeros, ocasionando un accidente de tránsito que dejó como saldo 18 personas heridas, y le impuso una multa de 50 UIT (unidades impositivas tributarias), equivalente a 220 mil soles.
El mencionado accidente ocurrió el pasado 23 de abril de 2019, a la altura del kilómetro 27 de la Carretera Panamericana Sur, en Lurín, cuando el ómnibus de placa C6V-952 colisionó con otro vehículo.
De acuerdo con la Resolución 1746-2021/SPC-INDECOPI, del 04 de agosto de 2021, la empresa Transani infringió el artículo 25° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que establece que los productos o servicios ofertados en el mercado “no deben conllevar, en condiciones de uso normal o previsible, riesgo injustificado o no advertido para la salud o seguridad de los consumidores o sus bienes”.
En este caso, las investigaciones policiales concluyeron que el principal factor que contribuyó a generar el accidente fueron las acciones imprudentes del conductor; tales como conducir a una velocidad excesiva y por un carril que no le correspondía (carril izquierdo). Además de no guardar la distancia debida con el vehículo que se encontraba delante de él.
Por todo ello, la SPC determinó sancionar a la empresa de transportes con una multa de 50 UIT (unidades impositivas tributarias), a fin de disuadir o desincentivar la realización de infracciones muy graves que comprometen la seguridad, integridad física y vida de los pasajeros afectados.
La resolución de la SPC es pública y puede ser revisada en el siguiente enlace: https://bit.ly/3z9MyPH.
Para tomar en cuenta
El Indecopi es un organismo técnico especializado que se compone por dos ámbitos claramente diferenciados.
El primero de ellos es el que gestiona administrativamente la institución para que pueda ejercer su mandato y está integrado por la Presidencia del Consejo Directivo, la Gerencia General, las diferentes gerencias de línea y áreas de asesoría.
El otro ámbito de Indecopi es el que dirime justicia ante cualquier diferencia que surja entre actores económicos y que está integrado por tribunales resolutivos (Comisiones, Órganos de Procedimientos Resolutivos Sumarísimos y Salas Especializadas del Tribunal) los cuales resuelven casos que se generan tanto por denuncias de parte como por procedimientos de oficio.
Cabe señalar que la gestión administrativa o institucional no ejerce ni puede ejercer ningún tipo de control o injerencia en las decisiones de los tribunales resolutivos, los cuáles resuelven bajo completa autonomía y conforme a derecho.
Las competencias del Indecopi son: (i) Protección al consumidor; (ii) Defensa de la libre y leal competencia; (iii) Eliminación de barreras burocráticas; (iv) Fiscalización de dumping y subsidios y eliminación de barreras comerciales no arancelarias; (v) Procedimientos Concursales; (vi) Protección de la propiedad intelectual y; (vii) Administración de la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica.
Lima, 18 de agosto de 2021