Indecopi multa a Municipalidad de Tacna por incumplir medida cautelar que impedía exigir como requisito carné de sanidad a emprendedores
Nota de prensa
Fotos: Indecopi
20 de julio de 2021 - 11:33 a. m.
- El Indecopi declaró que la imposición del requisito municipal de carné de sanidad a los agentes económicos es una barrera burocrática ilegal
- Si bien las municipalidades cuentan con facultades en materia de saneamiento, salubridad y salud, estas deberán ejercerse observando la legislación vigente.
La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Tacna (ORI Tacna) impuso una multa de 10UIT (equivalente a 44 mil soles) a la Municipalidad Provincial de Tacna por incumplir la medida cautelar que impedía a este municipio exigir carné de sanidad a los agentes económicos para el inicio de sus actividades en su jurisdicción.
La sanción (multa) fue impuesta, mediante Resolución Final N° 129-2021/INDECOPI-TAC del 22 de junio de 2021, en el marco de un procedimiento administrativo iniciado contra esta comuna tacneña por persistir en incumplir la referida medida y seguir aplicando el requisito municipal observado hasta el 7 de junio del presente año. Esta decisión de mantener el requerimiento municipal en mención afectó a un total de 21 agentes económicos de la provincia de Tacna, quienes fueron multados por no poseer el carné de sanidad o por tenerlo vencido.
Barrera burocrática ilegal
Del mismo modo, a través de la Resolución Final N° 116-2021/INDECOPI-TAC del 7 de junio de 2021, la Comisión de la ORI-Tacna declaró barrera burocrática ilegal con efectos generales a dicha exigencia municipal que fue establecida por la Ordenanza Municipal N° 0021-2003 dictada el 1 de diciembre de 2003.
Es importante precisar que la exigencia de contar con carné de sanidad contraviene lo dispuesto en el artículo 13° de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, la cual señala que ninguna autoridad pública cuenta con la facultad de exigir a las personas la certificación de su estado de salud, carné sanitario o documento similar, como condición para el ejercicio de actividades profesionales, de producción, comercio o afines.
Se debe tomar en cuenta que el carné de sanidad es un documento emitido por la municipalidad, que certifica el estado de salud de la persona que lo ha solicitado; sin embargo, no puede ser exigido como condición para el inicio o continuidad en el ejercicio de una actividad económica y tampoco forma parte de las medidas sanitarias dictadas por el gobierno frente a la pandemia por la Covid-19.
A su vez, es necesario mencionar que en diversas ocasiones tanto la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) como la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) y la Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) han determinado la ilegalidad de la exigencia del carné de sanidad por parte de las autoridades municipales.
Finalmente, es necesario señalar que las autoridades locales no pueden exigir este documento como requisito para aquellas personas que realicen actividades económicas, pero sí tienen la potestad y obligación de fiscalizar las condiciones de salubridad en los establecimientos en los que, por ejemplo, se vendan y/o manipulen alimentos, además de velar por el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad en el marco de la pandemia por la Covid-19.
Tacna, 20 de julio de 2021