El Indecopi multa con 50 UIT a empresa de transporte por accidente que dejó tres fallecidos
Nota de prensa
3 de setiembre de 2025 - 9:15 a. m.
La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Puno (ORI Puno) sancionó con 50 UIT, equivalentes a S/ 267 500, a la empresa Transportes Turismo Zolorzano S.A.C. por exponer a sus pasajeros a un riesgo injustificado que derivó en un accidente de tránsito en la ruta Arequipa – Juliaca, en el que fallecieron tres personas.
La investigación concluyó que esta empresa vulneró el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que prohíbe a los proveedores poner en peligro la salud o seguridad de los consumidores. Los hechos ocurrieron el 22 de diciembre de 2023, cuando el chofer de la unidad de placa A7S-960 invadió parcialmente el carril contrario, desobedeciendo la señal de doble línea y circulando a una velocidad inapropiada, lo que provocó la colisión con otro vehículo en la referida ruta.
Como medida correctiva, el Indecopi ordenó a la empresa cumplir estrictamente con las disposiciones del transporte terrestre de pasajeros. Caso contrario, podría recibir nuevas multas desde 3 UIT, que se duplicarían progresivamente hasta un máximo de 200 UIT, según lo establece el artículo 117 del Código.
Cabe recordar que el Reglamento Nacional de Tránsito señala en su artículo 160 que el conductor no debe manejar a una velocidad mayor a la que sea razonable y prudente, debiendo mantener siempre el control del vehículo para evitar accidentes. Mientras, el artículo 137 del mismo Reglamento prohíbe circular sobre líneas continuas que delimitan carriles o sentidos de tránsito.
La Resolución Final N° 054-2025/CPC-INDECOPI-PUN quedó consentida, debido a que la empresa no apeló la decisión del Indecopi, y puede consultarse en el siguiente enlace: https://acortar.link/y9yZyk
Puno, 3 de setiembre de 2025
La investigación concluyó que esta empresa vulneró el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que prohíbe a los proveedores poner en peligro la salud o seguridad de los consumidores. Los hechos ocurrieron el 22 de diciembre de 2023, cuando el chofer de la unidad de placa A7S-960 invadió parcialmente el carril contrario, desobedeciendo la señal de doble línea y circulando a una velocidad inapropiada, lo que provocó la colisión con otro vehículo en la referida ruta.
Como medida correctiva, el Indecopi ordenó a la empresa cumplir estrictamente con las disposiciones del transporte terrestre de pasajeros. Caso contrario, podría recibir nuevas multas desde 3 UIT, que se duplicarían progresivamente hasta un máximo de 200 UIT, según lo establece el artículo 117 del Código.
Cabe recordar que el Reglamento Nacional de Tránsito señala en su artículo 160 que el conductor no debe manejar a una velocidad mayor a la que sea razonable y prudente, debiendo mantener siempre el control del vehículo para evitar accidentes. Mientras, el artículo 137 del mismo Reglamento prohíbe circular sobre líneas continuas que delimitan carriles o sentidos de tránsito.
La Resolución Final N° 054-2025/CPC-INDECOPI-PUN quedó consentida, debido a que la empresa no apeló la decisión del Indecopi, y puede consultarse en el siguiente enlace: https://acortar.link/y9yZyk
Puno, 3 de setiembre de 2025