Sancionan a colegio por negar beca a estudiantes cuyo padre tiene incapacidad permanente

Nota de prensa
La ley obliga a otorgar becas integrales a estudiantes cuyos responsables económicos no puedan trabajar y carezcan de recursos.
Sancionan a colegio por negar beca a estudiantes cuyo padre tiene incapacidad permanente

15 de agosto de 2025 - 12:41 p. m.

La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi, en segunda y última instancia administrativa, multó con 50 UIT (S/ 267 500) a la Asociación Educativa Casuarinas, que administra el Casuarinas International College, por no otorgar de forma oportuna una beca integral y la exoneración de pagos a favor de dos estudiantes cuyo padre padece incapacidad permanente para trabajar, quien había declarado no contar con recursos para costear la educación de sus hijos.

De las pruebas en el expediente se verificó que, desde 2020, el padre de familia informó al colegio sobre su estado de salud, al padecer una enfermedad crónica grave que requiere tratamiento permanente, y sus dificultades económicas, presentando diversas solicitudes de apoyo o facilidades de pago. Sin embargo, nunca fue orientado sobre la existencia de la Ley 23585, que establece el derecho a una beca integral en estos casos.

Finalmente, el 22 de setiembre de 2023, presentó formalmente la solicitud, pero el colegio le respondió que, de ser aprobada, la beca recién se aplicaría a partir del 2024, a pesar de que la norma ordena que tenga efecto desde la fecha en que se produce la causa que la motiva.

Además, se comprobó que el colegio exigió al consumidor documentos no contemplados en la Ley 23585 ni en su reglamento (D.S. 026-83-ED), incumpliendo así lo dispuesto por la normativa.
Por ello, la Sala impuso la referida multa y ordenó a la institución educativa devolver al padre de familia todos los pagos realizados por el servicio educativo desde 2020 hasta agosto de 2023, incluyendo intereses compensatorios y moratorios, así como cualquier penalidad cobrada.

El Indecopi recuerda que las instituciones educativas privadas deben garantizar la idoneidad y legalidad en la prestación de sus servicios, respetando los derechos de los consumidores, especialmente en casos que involucren a menores de edad y personas vulnerables, protegiendo así el derecho fundamental a la educación.

La Resolución N.° 1760-2025/SPC-INDECOPI es pública y puede revisarse aquí: https://servicio.indecopi.gob.pe/buscadorResoluciones/getDoc?docID=workspace://SpacesStore/a36b2918-f0c5-48c3-afc6-e6901a6e5d0f.

Lima, 15 de agosto de 2025