Indecopi dispone sancionar a empresa de transportes por no informar sobre cobertura de seguro e imponer cláusulas consideradas abusivas

Nota de prensa
Indecopi dispone sancionar a empresa de transportes por no informar sobre cobertura de seguro e imponer cláusulas consideradas abusivas
Indecopi dispone sancionar a empresa de transportes por no informar sobre cobertura de seguro e imponer cláusulas consideradas abusivas

7 de julio de 2025 - 4:41 p. m.

La Comisión del Indecopi en San Martín, en primera instancia administrativa, dispuso una multa total de 48.23 UIT (unidades impositivas tributarias), aproximadamente S/ 258 000, a la Empresa de Transportes Grupo Horna S.A.C., debido a que infringió el Código de Protección y Defensa del Consumidor, al no respetar el deber de información e imponer cláusulas consideradas abusivas.

Según las investigaciones de oficio realizadas por la Oficina Regional de Amazonas en la ciudad de Chachapoyas, la empresa no consignó en sus boletos la información sobre la cobertura del seguro en caso de pérdida, sustracción o daño de los bienes transportados en la bodega de sus unidades; tampoco informó sobre la empresa de seguros que cubría a los usuarios del servicio y el número de póliza.

En cuanto a las cláusulas consideradas abusivas, Transportes Grupo Horna S.A.C. consignó en sus boletos de viaje una cláusula que limita o restringe el derecho de los consumidores a solicitar la devolución del dinero pagado por el boleto de viaje, en caso no se verifique los datos consignados al momento de adquirir el servicio. También estableció dentro de las condiciones para la prestación del servicio la posibilidad de solicitar la devolución del costo del pasaje, previo descuento del 20 % del valor del boleto por gastos administrativos.

La Comisión impuso cinco medidas correctivas, entre las que figuran que la empresa informe sobre el número de póliza contratado para asegurar a sus pasajeros, así como la identidad de la empresa aseguradora. Asimismo, que consigne explícitamente en los boletos de viaje la información sobre la cobertura en caso de pérdida, sustracción o daño de los bienes entregados para su custodia en la bodega de sus unidades vehiculares.

La resolución N°0157-2025/INDECOPI-SAM puede ser apelada ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, segunda y última instancia administrativa. La resolución es pública y puede ser revisada en el siguiente enlace: https://acortar.link/YpUg3E

Amazonas, 7 de julio de 2025