Comunicado
Nota de prensa
14 de febrero de 2025 - 3:54 p. m.
Ante el anuncio realizado por la empresa Telefónica del Perú, sobre la solicitud de un procedimiento concursal ordinario para su reestructuración patrimonial, el Indecopi informa a la opinión pública lo siguiente:
De acuerdo con la Ley General del Sistema Concursal, la Comisión de Procedimientos Concursales tiene un plazo máximo de noventa (90) días hábiles para resolver dicha solicitud. De ser admitida la solicitud, se emitiría una resolución sobre el inicio del procedimiento concursal ordinario, la cual deberá ser publicada en el Boletín Concursal del Indecopi.
A partir de la referida publicación, los acreedores podrán presentarse para ser acreditados por la Comisión de Procedimientos Concursales y participar en la Junta de Acreedores, la que tendría que decidir si aprueba o no la reestructuración solicitada por la empresa.
Es importante destacar que tanto la Comisión de Procedimientos Concursales en primera instancia, como la Sala Especializada en Procedimientos Concursales en segunda instancia, son los órganos resolutivos colegiados del Indecopi encargados de resolver este tipo de procedimientos con total independencia y autonomía.
Indecopi reafirma su compromiso con la legalidad y la transparencia asegurando que se respeten los principios del sistema concursal peruano.
Lima, 14 de febrero de 2025
De acuerdo con la Ley General del Sistema Concursal, la Comisión de Procedimientos Concursales tiene un plazo máximo de noventa (90) días hábiles para resolver dicha solicitud. De ser admitida la solicitud, se emitiría una resolución sobre el inicio del procedimiento concursal ordinario, la cual deberá ser publicada en el Boletín Concursal del Indecopi.
A partir de la referida publicación, los acreedores podrán presentarse para ser acreditados por la Comisión de Procedimientos Concursales y participar en la Junta de Acreedores, la que tendría que decidir si aprueba o no la reestructuración solicitada por la empresa.
Es importante destacar que tanto la Comisión de Procedimientos Concursales en primera instancia, como la Sala Especializada en Procedimientos Concursales en segunda instancia, son los órganos resolutivos colegiados del Indecopi encargados de resolver este tipo de procedimientos con total independencia y autonomía.
Indecopi reafirma su compromiso con la legalidad y la transparencia asegurando que se respeten los principios del sistema concursal peruano.
Lima, 14 de febrero de 2025